Nota N°. 1200 | Propone Salma Luévano aplicar prisión preventiva oficiosa a homicidios por odio |
Palacio Legislativo, 26-11-2021 (Notilegis).- La diputada Salma Luévano Luna (Morena) impulsa una iniciativa para reformar el Código Nacional de Procedimientos Penales y el Código Penal Federal, a fin de considerar al homicidio por odio como un delito que amerita prisión preventiva oficiosa.
En un comunicado, la legisladora precisó que, en primera instancia, se define a este delito como el que se comete por la condición social o económica, vinculación, pertenencia o relación con un grupo social definido, origen étnico o social, la nacionalidad o lugar de origen, el color o cualquier otra característica genética.
Así como, el sexo, lengua, género, religión, edad, opiniones, discapacidad, condiciones de salud, apariencia física, orientación sexual, identidad de género, expresión de género, estado civil, ocupación o actividad de la víctima.
Luévano Luna acotó que se propone también incluir a la muerte por odio como circunstancia para la aplicación de las sanciones que correspondan.
“Un crimen de odio es un delito contra una persona o propiedad en que la víctima es intencionalmente seleccionada por su raza, etnia, nacionalidad, religión, discapacidad, orientación sexual, expresión o identidad de género”, expresó.
Lamentó que la violencia contra la población LGBTIQ+ sigue en aumento y que desde los espacios legislativos federal y locales no se haya avanzado con los cambios en los códigos y normas en la materia para poner castigos ejemplares a quienes cometen estos homicidios.
“Quienes se atreven a arrebatarle la vida a una persona integrante de nuestra población lo hace con todo el odio y la saña que implica la fobia hacia nuestra población gay, lesbiana, bisexuales, transgénero, transexuales, trasvestis, intersexuales, no binarias y todas aquellas identidades y orientaciones sexuales no convencionales”, apuntó.
Luévano Luna señaló que si en las cárceles no hay personas castigadas por el homicidio por homofobia, transfobia, lesbofobia y bifobia, es porque estos delitos no son clasificados como crímenes de odio motivados por la orientación sexual o la identidad de género, y siguen siendo crímenes pasionales o suicidios inesperados.
“Por este motivo, no hay esas estadísticas y es por ese motivo que debemos de ponerle el alto precisamente a estos crímenes y tipificarlo como debe de ser”, expresó.
Luévano Luna apuntó que se debe robustecer el andamiaje jurídico y puntualizar los agravantes por odio que los protocolos ya existentes de actuación para el Poder Judicial, fiscalías, procuradurías deberán ser aplicados en las investigaciones y terminen finalmente siendo clasificados e investigados como lo son en realidad.
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