Nota N°. 2582 Propone Manuel Vázquez que derecho a ser votado tenga piso parejo en favor de poblaciones vulnerables
  • Se trata de establecer acciones afirmativas en favor de personas pertenecientes a grupos indígenas, de la comunidad LGBTIQ+, de la población afromexicana y aquellas con alguna discapacidad, para que puedan aspirar en igualdad de condiciones a cargos de elección popular, explica el diputado de Morena

 

Palacio Legislativo, 30-04-2022 (Notilegis).- El diputado Manuel Vázquez Arellano (Morena) suscribió una iniciativa con la finalidad de generar medidas afirmativas que garanticen una igualdad de condiciones, en favor de personas integrantes de poblaciones vulnerables en su derecho a ser votadas.

 

El legislador expresó en un comunicado que se trata de establecer en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, acciones afirmativas que beneficien a personas pertenecientes a grupos indígenas, miembros de la comunidad LGBTIQ+, de la población afromexicana y aquellas con alguna discapacidad.

 

Manifestó que el objetivo de estas acciones afirmativas no es sólo representar las necesidades específicas de estos grupos en el ámbito político, sino garantizar que, al participar, estos puedan transformar la manera en que se hace política.

 

Comentó que, en primera instancia, se busca puntualizar en este marco legal el concepto de acciones afirmativas, el cual se define como las medidas temporales o permanentes, razonables, proporcionales y objetivas orientadas a la igualdad material para compensar o remediar una situación de injusticia, de desventaja o de discriminación, con el objetivo de alcanzar una representación equilibrada.

 

Con base en esta explicación, detalló el legislador, se propone que los partidos políticos, sus fórmulas de candidaturas, y el aparato electoral y sus atribuciones, se conduzcan en razón de generar estas medidas afirmativas, lo que garantizará la inclusión de dichos sectores vulnerables.

 

Declaró que la iniciativa plantea un piso parejo para todas las personas en su aspiración a cargos de elección popular, que los partidos políticos pueden ampliar a otros grupos en situación de vulnerabilidad.

 

Acotó que, como lo establece la ley secundaria y la Constitución, “todas las acciones afirmativas tendientes a lograr la igualdad sustantiva, deben regirse por el principio de paridad de género, como eje transversal”.

 

Para tales efectos propuso reformar las fracciones 1 del artículo 7 y la fracción 4 del artículo 14; y se adicionan la fracción d Ter) al artículo 3, Apartado 1, la fracción j) al Apartado 1 del artículo 30 y el inciso X) a la fracción b del Apartado 1 del artículo 32 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

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