Boletín N°. 3399 | La trata de personas, un delito de lesa humanidad | |
11-04-2014.- Las Comisiones Unidas de Derechos Humanos y de Justicia se reunieron con 12 organizaciones de la sociedad civil, que expusieron sus propuestas, demandas e inquietudes en torno a la minuta enviada por el Senado para reformar, adicionar y derogar diversos preceptos de la Ley General sobre Trata de Personas.
La diputada Miriam Cárdenas Cantú (PRI), presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, sostuvo que este delito, en condiciones especiales, puede considerarse como de lesa humanidad, y la minuta lo propone así.
Arely Rojas, de la “Asociación ¿Y quién habla por mí?”, apoyó varias modificaciones del documento senatorial, como la imprescriptibilidad de los delitos de trata de personas, pues “los considera como de lesa humanidad”. Eso es de suma importancia, afirmó.
Cárdenas Cantú agradeció la positiva respuesta de la sociedad civil a la convocatoria hecha por las dos comisiones legislativas, porque fortalece los vínculos entre los ciudadanos y los legisladores. “Los diputados están comprometidos a valorar las necesidades de las víctimas para diseñar un marco jurídico más sólido que resuelva de forma integral esta problemática”, expresó.
Resaltó la importancia de escuchar las necesidades y demandas de la población en torno a “un tema sensible, que lastima a la sociedad en general y la lacera, por su gravedad. A los diputados deja una gran responsabilidad para avalar sus expectativas y establecer mecanismos que definan canales más claros de comunicación”.
En la primera audiencia pública, las organizaciones civiles entregaron sus propuestas a ambas instancias legislativas, a fin de que se evalúen e incluyan en el dictamen que deberán emitir.
María Ampudia, también de la “Asociación ¿Y quién habla por mí?”, exigió no usar a las víctimas de trata con intereses personales, económicos o políticos, para evitar que resulte ser un negocio casi empresarial. Propuso supervisar y sancionar a las agrupaciones civiles que se conduzcan con falta de ética y transparencia y que las revictimicen.
Subrayó que por la vulnerabilidad que sufren las personas afectadas están totalmente indefensas, y “no es ético, ni moral, ni legal que quienes manejan asociaciones civiles, con una máscara de bondad, las trasladen de una indefensión a otra, nada más para obtener canonjías y prebendas de diversa índole”.
Solicitó una investigación profunda a fin de que sean obligadas a transparentar y justificar los recursos que reciben, los cuales deben usarse para el bienestar físico, mental, emocional y la reinserción familiar, social, laboral y académica de las víctimas.
Los organismos “Camino a Casa”, “Vida Plena”, “Coalición contra Tráfico de Mujeres y Niñas en América Latina y el Caribe”, y “Colectivo contra la Trata de Personas”, demandaron establecer un concepto más amplio del bien jurídico tutelado y de la comisión del delito y, no derogar el artículo 65, como propone la minuta, para que continúe la protección de víctimas.
Dicho artículo señala que la protección de las víctimas, ofendidos y testigos de los delitos comprenderá lo previsto en las tres fracciones de éste y en el artículo 20 constitucional. Establece que “se garantizará cuando sea necesario, alojamiento adecuado, atención médica de calidad, acceso a la educación, capacitación y oportunidades de empleo, hasta su total recuperación y resocialización; así como opciones dignas y viables para su reincorporación a la sociedad, encaminada a la construcción de autonomía”.
También garantizará a las víctimas atención física, psicológica y social hasta su total recuperación y rehabilitación. “Esta atención deberá ser proporcionada por autoridades competentes en coordinación con organizaciones no gubernamentales y otros sectores de la sociedad civil”.
Y “las demás que resulten pertinentes para salvaguardar su seguridad física, su libertad, dignidad, integridad física y mental, sus derechos humanos y la reparación del daño, así como el normal desarrollo de su personalidad en el caso de niñas, niños y adolescentes”.
La diputada Cárdenas Cantú consideró la conveniencia de que el bien tutelado se amplíe y contemple el abanico de todos los bienes, y que en la comisión del delito se incluyan los medios comisivos, como el uso de las amenazas, de la fuerza, de la seducción, entre otros.
Afirmó que “todas las inquietudes se valorarán. Hay muchos otros aspectos y todos merecen atención exhaustiva por parte de los diputados en el estudio y análisis que se harán”.
La minuta remitida por el Senado a la Cámara de Diputados para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, tiene un plazo de 90 días para dictaminarse, a partir del pasado 26 de marzo.
Al participar, Patricia Prado Hernández, representante de “Camino a Casa” resaltó que la recuperación de una víctima de trata requiere un tiempo indefinido. Señaló que sólo existe un refugio oficial, que les permite una estancia por seis meses, lapso insuficiente para reinsertarlas a la sociedad en condiciones adecuadas.
Refirió que el Estado debe ofrecer los medios suficientes y adecuados para atender y garantizar su recuperación, así como sus derechos a la salud, a la reintegración familiar, social y laboral en igualdad de condiciones; asimismo, manejar albergues de alta seguridad.
Madai Morales Albino, a nombre de “Reintegra, A.C”, exigió se escuche la voz de las sobrevivientes de la trata, porque todavía prevalece discriminación social, indicó. “Somos personas que sentimos, y no objetos. Nadie nos puede callar; si hay alguien que puede hablar son las víctimas”, aseguró.
Teresa Ulloa Ziaurriz, de la “Coalición contra el Tráfico de Mujeres y Niñas en América Latina y el Caribe”, propuso que los medios comisivos sean considerados como agravantes del delito, y no se deje a criterio de los jueces establecerlo.
Reconoció que la actual ley es amplia en la protección de las víctimas de trata, por lo que manifestó su preocupación porque se derogue el artículo 65 como propone la minuta senatorial.
A nombre del “Colectivo Contra la Trata de Personas”, Mónica Elizabeth Salazar, recomendó especificar el tipo penal de la trata y la explotación sexual, apegado a la realidad nacional. Aseguró que no se ha comprendido el concepto de trabajo forzado.
María Edith López Hernández, del “Colectivo Bordamos Feminicidios” urgió a que el Estado ofrezca refugios de alta seguridad, no sólo en el Distrito Federal sino en las diferentes regiones del país, porque no existen, y las autoridades no deben recargarse en la sociedad civil. Su deber es atender de forma integral a las víctimas de este delito, manifestó.
Por la Organización “Ririki Intervención Social S.C.”, Nashieli Ramírez Hernández, pidió homologar los términos en todos los artículos de la minuta y se incluya la pornografía infantil, y que el concepto de explotación laboral se cambie por el de trabajo forzoso.
Reconoció que la minuta avanza en lo general porque se vincula con otras leyes, reglamentos y programas; sin embargo, dijo, es perfectible y debe ajustarse a la realidad nacional. La ley “no es patrimonio de nadie”, sólo de las víctimas a las que atiende, aclaró.
Advirtió que la trata de niñas, niños y adolescentes es un asunto de derechos humanos con tintes criminales, por lo que la minuta en este enfoque avanza, reconoció.
Gisela Galicia Zapata, del “Comité de Ciudadanos en Defensa de los Derechos Humanos”, sostuvo que el artículo 12, fracción III, denominado Servidumbre por Prácticas Religiosas o Culturales contiene una redacción “altamente discriminatoria y viola los derechos humanos, porque no es claro en definir la conducta que pretenden sancionar, y alienta una gran discrecionalidad en su interpretación, con el riesgo de que cualquier actividad religiosa o cultural sea considerada como un delito de trata de personas”.
En representación de “El Pozo de Vida A.C.”, Iliana Ruvalcaba López, subrayó que la minuta adolece de definiciones claras en las conductas que busca castigar y elimina los medios probatorios que puede presentar la víctima, con lo que descarta una gran opción para que se sancione el delito.
María Teresa Paredes Hernández, de “Unidos contra la Trata”, señaló que la minuta del Senado no contiene la aportación de los gobiernos estatales al Fondo Federal para la Atención de las Víctimas de los delitos previstos en la actual ley en el artículo 81, lo que contravine la reforma constitucional al artículo primero en materia de derechos humanos.
Las asociaciones civiles reconocieron en la minuta del Senado, la obligatoriedad de interpretar la ley conforme al derecho internacional de los derechos humanos; reconfigurar el tipo penal del delito, como ocultar y suministrar y el control sobre los movimientos de una persona con fines de explotación, además de que se armoniza con otros ordenamientos como la Ley de Víctimas.
Urgieron a que la autoridad ministerial atienda a las personas afectadas de forma inmediata para ayudarlas, tomarles declaración y protegerlas, ya que al escapar del agresor, su vida y la de su familia están en gran peligro, y no se les debe revictimizar por cuestiones administrativas, ya que ser atendidas con oportunidad es su derecho.
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