Boletín N°. 3538 | Turnan a comisiones tres iniciativas del Ejecutivo en materia energética |
30-04-2014.- La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a comisiones tres iniciativas del titular del Poder Ejecutivo federal, relativas a la legislación secundaria derivada de la reciente reforma constitucional en materia energética.
El presidente de la Cámara de Diputados, José González Morfín, ordenó su publicación en la Gaceta Parlamentaria y digitalizarlas para su mejor difusión.
Conforme a los documentos, el Ejecutivo precisa que este paquete materializa la reglamentación de una reforma constitucional que representa un “cambio de paradigma en el aprovechamiento de los recursos naturales con que cuenta el país”.
Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos
La primera iniciativa expide la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes General de Derechos y de Coordinación Fiscal, misma que se mandó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Energía.
Con esta Ley se prevén los esquemas de ingresos que obtendrá el Estado derivados de las actividades de exploración y extracción de los hidrocarburos de la Nación, ya sea que se realicen mediante asignación o la celebración de contratos.
Vislumbra elementos que le permitirán al Estado incrementar los niveles de exploración y extracción de hidrocarburos, así como atraer inversión, de conformidad con una política energética nacional moderna y transparente, ya que busca asegurar que la Nación capture la renta petrolera.
Además, propone diversas disposiciones sobre la administración y supervisión de los aspectos financieros de los contratos de utilidad compartida y de producción como cuota contractual para la fase exploratoria, regalía y contraprestación que se determinará mediante la aplicación de un porcentaje a la utilidad operativa, y establece diversas obligaciones en materia de transparencia y rendición de cuentas.
Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo
Otra iniciativa, crea la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, la cual se remitió a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Energía.
En este fideicomiso público, el Banco de México fungirá como institución fiduciaria, encargado de recibir, administrar y distribuir los ingresos derivados de las asignaciones y contratos que se celebren para la explotación y extracción del petróleo y demás hidrocarburos, con excepción de los impuestos.
Su objetivo es garantizar un manejo responsable y transparente sobre el uso de los ingresos petroleros de la Nación; facilitará el seguimiento, la rendición de cuentas, la organización, el ahorro y la administración de estos ingresos, y se coadyuva en la preservación de la estabilización macroeconómica nacional.
Dicho Fondo tendrá dos funciones primordiales: servir como medio de recepción y ejecución de los pagos en las asignaciones y en los contratos para la explotación y extracción de hidrocarburos, y administrar los ingresos del Estado mexicano provenientes del petróleo y los demás hidrocarburos.
Presupuesto y responsabilidad hacendaria y deuda pública
La tercera que fue enviada a las comisiones unidas de Presupuesto y Cuenta Pública y de Energía, reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y General de Deuda Pública.
Se busca introducir en la Ley de Presupuesto las normas relativas a los diferentes destinos que se dará a los recursos que formen parte del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, en virtud de que dicha regulación tiene una intima relación con el proceso presupuestal federal e implica un impacto directo en la planeación y manejo de las finanzas públicas.
En las leyes de Presupuesto y de Deuda se plantea introducir el nuevo régimen que en dichas materias será aplicable a Petróleos Mexicanos (Pemex) y a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), en su nueva faceta como empresas productivas del Estado.
Propone dotar a Pemex y a la CFE de un régimen especial que les otorgue autonomía presupuestaria, sustrayéndolas de los controles y reglas asociadas al proceso presupuestario, manejo de la deuda y control del gasto a los que actualmente están sujetas.
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