Boletín N°. 3592 Reciben diputados y turnan a comisiones 10 minutas sobre convenios internacionales e igualdad de género

14-05-2014.- La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a comisiones 10 minutas del Senado de la República. De ellas, seis se enviaron a la Comisión de Hacienda y Crédito Público relativas a diversos convenios constitutivos internacionales en materia económica.

 

La primera minuta reforma el artículo 2 de la Ley que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento, en el que se autoriza al gobierno federal efectúe una aportación de 66 millones 140 mil pesos a esta sociedad.

 

La segunda, adiciona un tercer párrafo al artículo 3 y se reforma el 4 de la Ley que Aprueba la Adhesión de México al Convenio Constitutivo del Banco de Desarrollo del Caribe y su Ejecución, en el que se faculta al Gobierno federal efectuar la suscripción de acciones o partes sociales del Banco de Desarrollo del Caribe hasta por el equivalente a 28 millones 210 mil dólares, de los cuales serían pagaderos en efectivo 6 millones 206 mil dólares.

 

También, que por conducto del Banco de México cubra el equivalente a 3 millones de dólares, correspondientes a la séptima reposición de capital del Fondo Especial de Desarrollo del Banco de Desarrollo del Caribe. En consecuencia, el monto total aportado por México a este fondo asciende a 32 millones 333 mil dólares.

 

Otra minuta, reforma el artículo 12 y se deroga el 2 de la Ley que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), en donde se precisa que el Gobierno federal requerirá exclusivamente la aprobación del Senado, para la terminación, denuncia, suspensión, modificación, enmienda, retiro de reservas y formulación de declaraciones interpretativas de este convenio.

 

Con las reformas se busca que el gobierno efectúe la suscripción adicional de 54 mil 925 acciones del BID, hasta por el equivalente a 662 millones 584 mil 23.46 dólares.

 

La cuarta minuta reforma el artículo 4 del decreto que autoriza al Ejecutivo federal a firmar, en representación del gobierno de México, los convenios constitutivos sobre el Fondo Monetario Internacional y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, a fin de que el gobierno, por conducto del Banco de México, haga la suscripción adicional de 21 mil 21 acciones del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento hasta por el equivalente a 2 mil 535 millones 868 mil 335 dólares.

 

De igual forma, está la minuta que reforman los artículos 2 y 9 del Decreto que Aprueba el Convenio Constitutivo de la Corporación Financiera Internacional, en el que se autoriza al Ejecutivo, por conducto del Banco de México, haga la suscripción de acciones o partes sociales de la Corporación Financiera Internacional, hasta por la cantidad adicional de dos millones 943 mil dólares, para hacer un total de 30 mil 532 acciones por la suma de 30 millones 532 mil dólares.

 

La sexta minuta modifica los artículos 4, 15 y 16 del Decreto que autoriza al Ejecutivo federal a firmar, en representación del gobierno de México, los Convenios Constitutivos sobre el Fondo Monetario Internacional y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, con el propósito de que haga la suscripción adicional de 294 acciones del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, que corresponden a la resolución “Mayor Representación y Participación de los Países en Desarrollo y en Transición”, para hacer un total de 40 mil 119 acciones por la suma de 4 mil 011 millones 900 mil dólares.

 

Otras tres minutas se remitieron a la Comisión de Igualdad de Género. Una reforma los artículos 14 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y el 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, a fin de otorgar puntos a las empresas que apliquen políticas y prácticas de igualdad de género.

 

También, está la que adiciona una fracción VI, recorriendo la actual para ser VII, al artículo 6 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para incluir el término de violencia obstétrica y definirla como toda acción u omisión por parte del personal médico y de salud que dañe, lastime, denigre o cause la muerte a la mujer durante el embarazo, parto y puerperio.

 

La tercera, reforma el artículo 11 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el fin de establecer que constituye violencia laboral, el exigir la presentación de certificados médicos de no embarazo.

 

De igual modo, se conoció la minuta que adiciona un párrafo cuarto al artículo 1395 del Código de Comercio. Se mandó a la Comisión de Economía.

 

Posteriormente, el diputado José González Morfín informó que el viernes 2 de mayo se recibió de la Cámara de Senadores minuta con proyecto de decreto por la que se expide la Ley General en materia de Delitos Electorales, la cual se turnó de inmediato a la Comisión de Gobernación para dictamen.

 

-- ooOoo --