Boletín N°. 4424 Identificar a usuarios y controlar ingreso de objetos en casas de empeño inhibiría a delincuencia
  • Ladrones venden a estos negocios artículos robados por no registrarlos y no identificar a clientes

 

18-10-2014 El diputado José Francisco Coronato Rodríguez (Movimiento Ciudadano), integrante de la Comisión de Seguridad Pública, impulsa una iniciativa para reformar la Ley Federal de Protección al Consumidor, a fin de que las casas de empeño tengan como requisito para operar un Libro de Registro con la identificación del usuario y descripción del objeto, y que ambos datos estén a disposición de las autoridades ministeriales.

 

El objetivo es inhibir que los delincuentes vendan objetos robados a las casas de empeño, que carecen de una adecuada regulación e información útil para que las autoridades castiguen a los responsables.

 

Coronato Rodríguez subrayó que estas instituciones se vuelven receptoras y comercializadoras de objetos de dudosa procedencia. Reciben principalmente aparatos eléctricos y electrónicos, ya que son los de más fácil venta en caso de que el cliente no regrese a liquidar su deuda. “Algunas establecen, incluso, que pueden empeñarse objetos sin necesidad de entregar una factura que compruebe la propiedad del mismo”, aseguró.

 

Refirió que actualmente existen al menos 6 mil 500 establecimientos de este tipo, entre negocios formales e informales, y se calcula que son un 116 por ciento más que hace cuatro años. Del total, 50 por ciento corresponde a negocios de asistencia privada, tales como Nacional Monte de Piedad, Montepío Luz Saviñón o Fundación Dondé, y la otra mitad es de empresas particulares.

 

Precisó que de acuerdo con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), en la formalidad existen al menos 5 mil 406 instituciones prendarias, mientras que según la Asociación Nacional de Casas de Empeño (ANACE), hay alrededor de mil 94 negocios irregulares y sin supervisión alguna del gobierno federal.

 

Mencionó que suman 40 millones los clientes recurrentes de una casa de empeño, quienes no acceden a ningún tipo de financiamiento bancario.

 

Coronato Rodríguez señaló que las casas de empeño son reguladas por la Profeco; sin embargo, el marco de acción es insuficiente, pues esa institución trata de llevar un control basado en las quejas de los usuarios, que sólo en 2010 totalizaron mil 53. De éstas, se concilió 86 por ciento, mientras que en 2011 las quejas fueron mil 197 y el porcentaje de conciliación se redujo a 83 por ciento.

 

Por ello, propuso reformar el artículo 65 Bis 1 de la Ley Federal de Protección al Consumidor para establecer que para obtener el permiso para operar como casa de empeño, se requiere “implementar un libro de registro que contenga, en forma específica, la identificación del usuario o solicitante del servicio, así como la descripción e individualización del objeto materia de la operación prendaria, estableciendo número de serie, modelo, color, diseño, material, peso, estado, calidad y lugar de origen”.

 

Este mecanismo de control “abonará a la transparencia en las casas de empeño, toda vez que la información deberá ser concentrada por la Profeco para establecer un registro nacional que esté a disposición de las autoridades y permita consultarlo en caso de algún manejo ilegal de las prendas empeñadas”, puntualizó el diputado.

 

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