Boletín N°. 5371 Prohibir la explotación minera en áreas naturales protegidas: Ortiz Mantilla
  • La cuarta parte del país está concesionada para la extracción de recursos del subsuelo

 

04-04-2015 prohibir las obras y trabajos de exploración y explotación minera en las áreas naturales protegidas.

 

La propuesta que busca reformar los artículos 6 y 20 de la Ley Minera señala que la industria minera, desde el año 2000, posee el 25 por ciento del país concesionado para la extracción de los recursos del subsuelo.

 

Ortiz Mantilla aseguró que son millones las hectáreas de bosques y selvas devastadas producto de la actividad minera, afectando con ello a la fauna nativa, la pérdida y erosión del suelo y la reducción en la calidad del agua.

 

Subrayó que a pesar de promover soluciones socioeconómicas, las actividades mineras generan irremediablemente problemáticas medioambientales que permanecen, incluso, décadas después de la extracción de los recursos del subsuelo, pues emplean métodos que causan residuos tóxicos, que se incorporan a zonas de vegetación o incluso a zonas pobladas capaces de provocar daños a la salud.

 

En el informe 2012 de la Cámara Minera de México, resalta la falta de atención y compromiso en 16 áreas naturales protegidas (ANP), del país producto de las actividades mineras.

 

Refirió que de acuerdo con datos de la página web de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), actualizada al 5 de diciembre de 2012, en México existen 176 áreas naturales protegidas decretadas, de las cuales 120 no cuentan con planes de manejo.

 

La diputada Ortiz Mantilla afirmó que ante la falta de normas que regulen a estas zonas, la industria minera se escuda en la compensación de los daños por medio de programas de reforestación y protección de ciertas especies que, desde la perspectiva ecológica, no tienen comparación con el desequilibrio ambiental que producen sus actividades de explotación mineral a nivel regional.

 

Este sector excede el discurso de desarrollo sostenible y promulga el deseo de alcanzar un estado de conciliación entre la conservación y el aprovechamiento de los recursos naturales, lo cual está muy alejado de la situación real en la que se encuentran los grandes yacimientos minerales.

 

La propuesta busca reformar los artículos 6 y 20 de la Ley Minera para prohibir las obras y trabajos de exploración y explotación en las áreas naturales protegidas, superficies prioritarias para la conservación y las zonas de salvaguarda establecidas en el artículo 4, fracción XL de la Ley de Hidrocarburos; es decir, lugares de reserva en la que el Estado prohíbe las actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos.

 

La iniciativa turnada a la Comisión de Economía, también pretende establecer que el carácter preferente de las actividades de la industria minera, no tendrá efectos frente a las acciones de conservación de las áreas naturales protegidas y las áreas prioritarias para la conservación de las zonas de salvaguarda.

 

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