Boletín N°. 5723 | Partidos políticos deben evitar expresiones y “destapes” anticipados hacia el 2018: Salgado Peña |
20-06-2015 El presidente de la Comisión de Gobernación, diputado Abel Octavio Salgado Peña (PRI), señaló la necesidad de que los partidos políticos, militantes y simpatizantes eviten expresiones y “destapes” anticipados respecto de la elección del 2018, como los que se han observado en últimas fechas.
En un punto de acuerdo presentado ante la Comisión Permanente, argumentó que los dirigentes de los institutos políticos deben implementar medidas para solicitar a sus afiliados no realizar actos anticipados de campaña.
La meta, de acuerdo a la normatividad electoral aplicable y sus documentos básicos de los partidos, es no enturbiar el ambiente político y ni afectar irreparablemente el desarrollo de un proceso que se iniciará dentro de casi tres años,
Salgado Peña destacó la importancia de que impere un ambiente de ética política en los diversos actores para evitar un uso abusivo de las prerrogativas públicas, de los tiempos de radio y televisión y de las redes sociales.
“No debemos ampararnos en la libertad de expresión, pilar indiscutible del Estado mexicano, para sacar ventajas indebidas en procesos electorales remotos”, apuntó.
Señaló que todos los militantes y simpatizantes de los institutos políticos deben ser respetuosos de la normatividad electoral aprobada, ya que sólo así se logrará garantizar la equidad entre las distintas fuerzas políticas en las contiendas por el voto ciudadano en un contexto justo.
El legislador propuso que “la ley electoral se revise a profundidad, para cubrir las lagunas que están permitiendo hacer un uso abusivo de las prerrogativas de partido, para la sobreexposición mediática de personajes que públicamente han expresado su intención de contender por la Presidencia de la República en el año 2018, o bien para el posicionamiento de una figura pública que solicita apoyo al interior y al exterior de su partido político”.
Refirió que el marco jurídico electoral define los actos anticipados de campaña como aquellos “que se realicen bajo cualquier modalidad y en cualquier momento fuera de la etapa de campañas, que contengan llamados expresos al voto en contra o a favor de una candidatura o un partido, o expresiones solicitando cualquier tipo de apoyo para contender en el proceso electoral por alguna candidatura”.
Comentó que el presidente consejero del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova, ha expresado que, de acuerdo con las normas vigentes, los actos anticipados de precampaña o campaña no pueden ser valorados, sino hasta que arranque el proceso electoral, lo cual significa dentro de más de 2 años, tiempo suficiente en el que se podría ver afectada, irremediablemente, la equidad en la contienda, sostuvo.
“Por ello, si la autoridad electoral ya ha manifestado su imposibilidad legal para intervenir ante estos actos, es tarea de los legisladores abocarse al estudio y perfeccionamiento del entramado legal en materia electoral”, estimó.
Consideró que la tarea debe ser iniciada con celeridad, una vez que concluya el último procedimiento regido por las normas vigentes para el proceso electoral 2014-2015.
En caso de que, por los propios tiempos del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), no sea posible perfeccionar la normatividad de forma inmediata, corresponderá a la LXIII Legislatura del Congreso, que entrará en funciones en septiembre próximo, construir esas adecuaciones electorales.
Sin embargo, en lo que transcurre la etapa de estudio, revisión y, en su caso, modificación de las leyes en materia electoral, se requiere que impere un ambiente de ética política en todos los principales actores políticos, afirmó.
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