Boletín N°. 0057 Leyes discriminan a padres solteros: no cuentan con guarderías para sus hijos
  • Diputado impulsa iniciativa para que independientemente de su estado civil, cuenten con este servicio
  • Más de 9 millones de varones afiliados al IMSS están excluidos de esa prestación

 

16-09-2015 Las leyes en México discriminan a padres solteros, al no establecer para ellos el derecho al servicio de guardería, a pesar de que esta población va en aumento debido a divorcios, migración por trabajo, enfermedad, muerte de su pareja o abandono, indicó la diputada María Luisa Gutiérrez Santoyo, de Nueva Alianza.

 

Ante ello, la diputada federal por Baja California impulsa una iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política, la Ley del Seguro Social y la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), a fin de que los padres trabajadores, independientemente de su estado civil, tengan derecho a los servicios de guarderías infantiles para sus hijos.

 

Resaltó que actualmente más de 9 millones de trabajadores varones afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) están excluidos de esa prestación.

 

La ley del ISSSTE, acotó, proporciona Servicios de Atención para el Bienestar y Desarrollo Infantil, y aunque no especifica que sean únicamente para las mujeres, en la práctica esa prestación no se facilita a los trabajadores afiliados a la institución.

 

La Ley del Seguro Social, en tanto, contempla el derecho a recibir los servicios de guarderías para las mujeres trabajadoras, pero para los hombres pone una serie de condicionantes discriminatorias. Una de ellas, comentó, es que para disfrutar de este beneficio el varón debe ser viudo, divorciado o aquél al que judicialmente se le hubiera confiado la custodia de sus hijos.

 

Esta situación plantea a los padres de familia una disyuntiva compleja entre su necesidad de incorporarse a una actividad generadora de ingreso y la preocupación por que sus hijos cuenten con un cuidado adecuado, sobre todo en edades tempranas, subrayó la legisladora Gutiérrez Santoyo.

 

Mencionó que la igualdad de género es un principio constitucional que estipula que mujeres y hombres son pares ante la ley, lo que significa que todas las personas, sin distingo alguno, tenemos los mismos derechos y deberes frente al Estado y la sociedad en su conjunto.

 

El Estado, señaló, ha plasmado en la Constitución Política el derecho a recibir el servicio de guarderías; sin embargo, el problema es que este beneficio es únicamente para las madres trabajadoras, lo cual resulta totalmente discriminatorio para los hombres.

 

Sostuvo que en el país es cada vez mayor el número de hombres que cuidan de sus hijos o luchan por tener su custodia, según informes del Consejo Nacional de Población (Conapo).

 

Ante ello, continuó, “resulta evidente la necesidad de armonizar las leyes a fin de que no haya una contradicción entre éstas y la propia Constitución respecto al derecho a la igualdad en materia de acceso a las guarderías por parte de los derechohabientes del Seguro Social y del ISSSTE, sean hombres o mujeres”.

 

Lo anterior, precisó, sin mencionar el gran beneficio que podría significar para un padre de familia que, por alguna situación imprevista, requiera de forma inmediata el servicio de guardería para sus hijos.

 

Agregó que el combate a la discriminación no sólo se encuentra en abatir las conductas cotidianas a que están expuestos los ciudadanos por cualquier diferencia, sino que, además, el Estado tiene el deber de crear leyes que por ningún motivo permitan el no reconocimiento y violación de sus derechos.

 

“No basta decretar la igualdad en la ley si en la realidad no es un hecho; para que lo sea, ésta debe traducirse en las mismas oportunidades para acceder a los servicios de guardería”, subrayó.

 

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