Boletín N°. 0085 | Reciben diputados ocho minutas; una de ellas, sobre registros biométricos en los servicios de salud |
24-09-2015.- La Cámara de Diputados recibió ocho minutas del Senado de la República. De ellas, cinco modifican la Ley General de Salud. Con la reforma a su artículo 53 bis, se busca que los prestadores de los servicios de salud utilicen registros biométricos y otros medios de identificación electrónica de los pacientes o asegurados.
Con esta medida se evitarán duplicidades y que las instituciones eroguen grandes cantidades de recursos para efectos de credencialización; contar con información, a fin de incluirla en el Registro Nacional de Población, apoyado en la interoperabilidad entre las dependencias de la Administración Pública Federal, estatal y municipal, y ahorros en los tres niveles de gobierno. Fue enviada a la Comisión de Salud.
A esa misma Comisión se remitió la minuta que reforma el artículo 32 de dicho ordenamiento, con el propósito de especificar que la atención médica podrá apoyarse en las Guías de Práctica Clínica y medios electrónicos, de acuerdo con las normas oficiales mexicanas emitidas por la Secretaría del ramo.
También, se conoció el documento que reforma la fracción VIII del artículo 134, para que la Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades realicen actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control del Virus del Papiloma Humano (VPH). Fue turnada a la Comisión de Salud.
Una más adiciona un párrafo segundo al artículo 70 de dicha Ley, para que la Secretaría del ramo se coordine con los gobiernos de las entidades e impulsen acciones en materia de educación sexual y planificación familiar dirigidas a los adolescentes, ya que de acuerdo con el Consejo Nacional de Población (Conapo), sólo el 38.5 por ciento de las mujeres entre 15 y 19 años utilizan algún método anticonceptivo. Se mandó a la Comisión de Salud.
Se recibió el documento que modifica la fracción II Bis del artículo 64 del mencionado ordenamiento, con el objetivo de crear al menos un banco de leche materna por cada entidad federativa, los cuales se establecerán en alguno de sus establecimientos de salud que cuenten con servicios neonatales. Fue canalizado a la Comisión de Salud.
Otra minuta adiciona un segundo párrafo al artículo 45 de la Ley Agraria, a fin de que todos los contratos de asociación o aprovechamiento de tierras ejidales sean inscritos en el Registro Nacional Agrario, y así adecuar la legislación en defensa de los derechos humanos de los ejidatarios y comuneros respecto a su propiedad, goce de sus frutos y justas ganancias económicas. Se mandó a la Comisión de Reforma Agraria.
Se turnó a la Comisión de Gobernación, la minuta que declara el 25 de octubre de cada año como “Día Nacional de las Personas de Talla Pequeña”, distinguiéndose con el color verde y como el compromiso de legislar para concretar políticas públicas a favor de su integración a programas sociales, de salud, educación, así como a la igualdad de oportunidades en empleos y actividades productivas.
Una minuta reforma el artículo 7 de la Ley General de Educación, para incorporar la visión de derechos humanos; promover la aplicación y uso responsable de la investigación, innovación científica y tecnológica; prever dentro de los fines de la educación la prevención de accidentes; inculcar los conceptos y principios sobre el uso y aprovechamiento de las energías renovables y no renovables; promover la enseñanza financiera, la cultura del ahorro y la protección de datos, así como la formación alimentaria, adopción de hábitos saludables y la buena alimentación. Se remitió a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.
Por otra parte, del senador Martín Orozco Sandoval (PAN) se recibió una iniciativa que busca adicionar un tercer párrafo al artículo 186 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. La finalidad, incentivar a los patrones que contraten a estudiantes universitarios que por necesidad o deseo quieran insertarse en el mercado laboral desde que llevan a cabo sus estudios.
Se busca que aquellos patrones que los contraten y les paguen un salario, gocen de una deducción adicional equivalente al 100 por ciento sobre los salarios efectivamente pagados a dichos estudiantes, cumpliendo los requisitos que para tal efecto determine el Servicio de Administración Tributaria. Fue enviada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
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