Boletín N°. 1355 Cumplen declaratoria de publicidad siete dictámenes

19-04-2016.- La Cámara de Diputados conoció siete dictámenes que serán puestos a consideración del Pleno en próxima sesión para su votación. Uno de ellos modifica la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), para adecuarla a la reforma constitucional en materia de desindexación del salario mínimo.

 

El documento señala que se propiciará la estabilidad financiera del Infonavit, al establecer medidas que deberán aplicarse, derivado de los intereses que causan los Saldos de la Subcuenta de Vivienda.

 

También se cumplió con la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público que reforma el artículo 9o. del decreto por el que se autoriza la suscripción del Convenio Constitutivo de la Corporación Interamericana de Inversiones y establece bases para su ejecución en México.

 

Se fija que la Cámara de Senadores deberá autorizar al Gobierno Federal para la terminación, denuncia, suspensión, modificación, enmienda, retiro de reservas y formulación de declaraciones interpretativas de dicho convenio.

 

Se autoriza al Gobierno Federal para que, por conducto del Banco de México, efectúe la suscripción adicional de 207 acciones de la Corporación Interamericana de Inversiones hasta por el equivalente a dos millones setenta mil dólares, y para actualizar la suscripción adicional de acciones de la Corporación Interamericana de Inversiones hasta por los montos máximos autorizados.

 

Otro dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, adiciona un segundo párrafo al artículo 5o. de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, con el objetivo de proponer a las autoridades competentes programas para difundir la cultura tributaria, a partir de las bases que para tales efectos expida su órgano de gobierno.

 

La intención es armonizar y coordinar el trabajo con las autoridades fiscales, toda vez que de la cultura contributiva de la sociedad depende, en gran medida, la eficacia del sistema fiscal de un país.

 

Refiere que actualmente no hay una instancia del Estado que garantice y fomente al ciudadano una cultura contributiva que genere conciencia de pago en los contribuyentes, y que influya a temprana edad, en la concepción que se tiene sobre el pago de los impuestos y genere conciencia sobre los beneficios intrínsecos en su provecho que esa actividad trae aparejada.

 

Del mismo modo, un dictamen de la Comisión de Igualdad de Género que reforma la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, para que la Política Nacional tenga el objetivo de propiciar la igualdad de oportunidades para las mujeres en el uso y aprovechamiento de sus propiedades para su beneficio.

 

Asimismo, que las autoridades correspondientes garantizarán el principio de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en relación con los derechos reales de propiedad, así como de uso y disfrute de tierras y del derecho fundamental a la no discriminación en materia agraria.

 

Uno más, de la misma comisión, modifica diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objetivo de regular el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos y Delitos de Violencia contra las Mujeres.

 

Se establece que la Secretaría de Gobernación deberá coordinar, integrar y actualizar dicho Banco Nacional, mientras que las secretarías de Desarrollo Social, de Salud, del Trabajo y Previsión Social, de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, así como la Procuraduría General de la República y la Comisión Nacional de Seguridad, proporcionarán de manera periódica, y dentro de su ámbito de competencia, la información completa y oportuna.

 

Otro dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, modifica la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, para sustanciar el procedimiento de juicio político por conducto de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Justicia de la Cámara de Diputados.

 

Plantea que las vacantes que ocurran en la Sección correspondiente de cada Cámara, serán cubiertas a propuesta de la Junta de Coordinación Política de entre los miembros de las Comisiones respectivas, las cuales serán aprobadas por el Pleno. La resolución que dicte la Subcomisión de Examen Previo declarando procedente la denuncia, será remitida al pleno de las Comisiones Unidas de Gobernación y Justicia.

 

También cumplió declaratoria de publicidad el dictamen de la Comisión de Defensa Nacional que reforma el artículo 108 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

 

El propósito es que también se puedan mancomunar los créditos de cónyuges o concubinos de militares que no pertenezcan a las Fuerzas Armadas y que por su actividad laboral sean beneficiarios de créditos de instituciones de seguridad social para adquirir vivienda, así como para la adquisición, construcción, reparación, ampliación o mejoramiento de sus habitaciones o al pago de los pasivos que tengan por los conceptos anteriores.

 

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