Boletín N°. 1683 | Se armoniza Ley de Migración con Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes |
17- 06- 2016.- La Comisión de Asuntos Migratorios, presidida por el diputado Gonzalo Guízar Valladares (PES), avaló por unanimidad modificaciones a seis artículos de la Ley de Migración para armonizarla con la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de priorizar el respeto de las garantías y del interés superior de esta población.
Destaca la modificación del artículo 74, al establecer que “está prohibido devolver, expulsar, deportar, retornar, rechazar en frontera o no admitir, o de cualquier manera transferir o remover a una niña, niño o adolescentes cuando su vida, seguridad y libertad estén en peligro a causa de persecución o amenaza, violencia generalizada o violaciones masivas a los derechos humanos, (o puedan ser) sometidos a tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes”.
Subraya que cuando convenga al interés superior del menor migrante no acompañado o extranjero, “será documentado provisionalmente como visitante por razones humanitarias”, de acuerdo al artículo 52 de la Ley de Migración, en tanto se ofrecen alternativas jurídicas temporales al retorno asistido.
La reforma al artículo 11 precisa que la protección y restitución de derechos corresponde a la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y sus homólogas estatales, y una vez en contacto con el menor deberán adoptar las medidas pertinentes de conformidad con la Constitución y los tratados internacionales de los que el Estado mexicano forma parte.
La propuesta de la diputada del PRI, Ivonne Ortega Pacheco, incluye reformas y adiciones a los artículos 11, 20, 73, 74, 107 y 109 de la Ley de Migración. Resalta que el interés superior de la niñez “se determinará en cada caso, atendiendo las condiciones y el entorno individual de los menores, y será prioritario en la consideración de las medidas de protección aplicables. En todos los casos se estimarán las posibles repercusiones”.
El artículo 29 refiere que compete al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y similares en los estados, a través de las procuradurías de Protección a la Infancia, proporcionar alojamiento y facilidades de estancia a los menores migrantes no acompañados, y garantizar la protección especial de derechos, en tanto el Instituto Nacional de Migración resuelve su situación migratoria.
Lo anterior, independientemente de su nacionalidad o situación migratoria y los servicios y asistencia que resulten necesarios para garantizar su bienestar y protección de acuerdo a la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Los cambios al artículo 73 indican que se implementarán acciones que proporcionen una atención adecuada a los menores migrantes no acompañados, que por diferentes factores enfrenten situaciones de vulnerabilidad.
Asimismo, en el precepto 107 se establece que en el caso de las familias con menores, estas deberán estar en un espacio distinto a la estación migratoria, atendiendo al principio de unidad familiar, conforme a la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
El artículo 109 señala que los menores migrantes no acompañados deberán alojarse en sitios distintos al que ocupan personas adultas, en tanto se canalizan al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y similares estatales, donde se les brinde una atención adecuada.
Por otra parte, Gerardo Cruz González, investigador de la UNAM, presentó a los legisladores el Informe “Niños Migrando”, el cual relata pormenorizadamente los abusos que sufren los menores en esta condición, así como estadísticas de la incidencia de delitos en su contra.
Al respecto, Guízar Valladares sostuvo que dicho informe da claridad con “cifras drásticas, pero reales, que sirven para hacer conciencia” y reconocer el esfuerzo de los diputados, cuyas iniciativas jurídicas aprobadas se vinculan a atender y resolver las necesidades de los menores migrantes no acompañados.
Por ello, dijo, es importante seguir procesando reformas legales, con el propósito de implementar acciones de vigilancia y supervisión para evitar abusos en contra de las niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados en tránsito en México o de connacionales en el interior del país.
Es fundamental, destacó, “evitar esos abusos que innegablemente son una realidad y una praxis lamentable en algunas áreas administrativas gubernamentales”.
-- ooOoo -- |