Boletín N°. 1142 Aprueban diputados reformas a la Ley General de Salud
  • Incluyen orientación nutricional de la mujer embarazada
  • Prohíben realizar en módulos móviles tatuajes y perforaciones

 

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, por unanimidad, dos dictámenes que reforman la Ley General de Salud. El primero, avalado con 426 votos, modifica el artículo 61 fracción IV para incluir la orientación nutricional de la mujer embarazada y favorecer el crecimiento y desarrollo del producto.

 

El segundo, que enmienda el artículo 268 Bis-1, fue aprobado con 425 votos, y prohíbe la realización de tatuajes, micropigmentaciones y perforaciones en puestos semifijos, módulos móviles o ambulantes.

 

El diputado Víctor Ernesto Ibarra Montoya (PAN), a nombre de la Comisión de Salud, señaló que la reforma al artículo 61 establece que una adecuada alimentación durante el embarazo, es crucial tanto para la madre como para el bebé que está por nacer.

 

Al planear un embarazo con asesoría nutricional, añadió, es posible corregir las deficiencias y exceso de alimentación de la futura madre, que pudiera representar un riesgo para ella o el feto.

 

“Una regla no escrita es que la madre debe haber ganado un total de 10 kilos al término del embarazo, que en general puede ser un buen dato tener en mente, pero depende del caso, ya que no todas las personas inician su embarazo en las mismas condiciones ni con el mismo peso”, dijo.

 

Mencionó que la diabetes gestacional es uno de los problemas que pueden surgir durante el embarazo, principalmente en personas mayores de 25 años con sobrepeso o con antecedentes diabéticos en la familia. “Actualmente desconocemos el porcentaje exacto de la población que sufre este padecimiento, pero el número de casos reportados ha aumentado en los últimos años”.

 

Respecto a la reforma del artículo 268 Bis, indicó que en nuestro país, al menos tres de cada 10 mexicanos tienen un tatuaje y que éste se realiza a temprana edad. En la mayoría de los casos, al igual que las perforaciones, se efectúan en lugares improvisados o ambulantes, que no cuentan con la sanidad necesaria.

 

A causa de ello, en la Ciudad de México se tiene registrado que cinco de cada diez personas que se practican una perforación, desarrollan una infección del área.

 

Recordó que actualmente existen medidas precautorias para tatuarse o realizarse perforaciones, contenidas en el Reglamento de Control Sanitario de Productos de Servicio previstos en el Título Vigésimo Quinto Bis de la Regulación de Tatuajes, Micropigmentaciones y Perforaciones.

 

Han resultado efectivas para reducir los riesgos que conllevan procedimientos de esta naturaleza. Sin embargo, a pesar de la destreza de las personas que realizan estas actividades, es necesario que se hagan en lugares establecidos y cumplan con las normas de seguridad y salubridad señaladas en la legislación.

 

Al fijar el posicionamiento de su grupo parlamentario, la diputada Melissa Torres Sandoval (PES) refirió que la reforma al artículo 61 tiene especial relevancia si se toma en cuenta que cifras de la Secretaría de Salud revelan que el 17.9 por ciento de las mujeres embarazadas de 12 a 49 años de edad, presentan algún tipo de anemia. La situación es aún más grave en el medio rural donde la cifra se eleva a 20.5 por ciento.

 

Por lo que toca al artículo 268 Bis 1, “estamos preocupados porque muchos de esos establecimientos funcionan en la clandestinidad y no existe un inventario nacional, tarea que corresponde a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Cofepris.

 

La diputada Karina Sánchez Ruiz (NA) se manifestó en favor de adicionar una fracción VI al artículo 61, por considerar que tendrá un impacto positivo en el desarrollo de las niñas y de los niños de nuestro país. “La orientación alimenticia se refiere a todos los rubros de una alimentación equilibrada, que incluyan los nutrientes necesarios para favorecer el crecimiento y desarrollo tanto de la madre como del bebé”, dijo.

 

En torno a la modificación al artículo 268 BIS-1, consideró que en los últimos años, tatuajes y perforaciones corporales han proliferado principalmente entre las jóvenes. Actualmente, comentó, la Ley regula a los tatuadores, micropigmentadores y perforadores, pero no existe ninguna norma en torno a los lugares físicos donde se realizan dichos procedimientos, lo cual es preocupante.

 

Claudia Corichi García, (MC) habló a favor de la reforma al artículo 61. Dijo que estar embarazada puede ser una de las etapas más maravillosas en la vida de una mujer, pero también está llena de cambios para la madre y el entorno familiar. Puede conllevar riesgos importantes, desde diabetes estacional, preclamsia, etcétera, asuntos ligados fundamentalmente con la nutrición, con la salud y con la información.

 

En México, abundó, 28 mil 42 mujeres fallecieron por complicaciones durante el embarazo, aborto, parto, pauperio, entre 1990 a 2011. “Las malformaciones congénitas han crecido en los últimos años y la mortalidad materna constituye un indicador importante de la situación de las mujeres, por lo que su acceso a los servicios de salud y atención sanitaria es en respuesta a sus necesidades.

 

Mariana Trejo Flores (Morena) manifestó que orientar a las madres durante su embarazo, parto, puerperio y lactancia en materia de alimentación, nos dará una pauta para instruir una cultura de prevención y cuidado a la salud desde el hogar. A la par de esta reforma, dijo, se debería revisar el marco jurídico que ayude a combatir la pobreza, pues más de 70 millones de mexicanos viven al día.

 

“Respecto a la reforma al artículo 268 Bis, avalamos que se regulen y prohíban los puestos semifijos o ambulantes que hagan tatuajes, micro pigmentaciones o perforaciones si no cuentan con las condiciones de salubridad pertinentes para hacerlo”.

 

José Refugio Sandoval Rodríguez, del PVEM, comentó que de acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud y de Nutrición, en México el 20 por ciento de las mujeres embarazadas padecen desnutrición crónica. Además, coloca a las complicaciones durante embarazo por desnutrición como la quinta causa de muerte en las mujeres adolescentes en nuestro país.

 

Por lo que hace al otro dictamen observamos la proliferación de establecimientos ambulantes que prestan estos servicios sin tener una regulación adecuada. La oferta se torna alarmantemente peligrosa, ya que no se hacen exigibles los requisitos que nuestra ley establece.

 

Araceli Madrigal Sánchez (PRD), señaló que existe una gran diferencia entre alimentarse y nutrirse. El embarazo es una etapa de la mujer donde la alimentación cobra una especial atención. Es necesaria la orientación alimentaria, informando a la madre sobre las propiedades de los alimentos para mejorar la calidad y variedad de las comidas.

 

En cuanto al artículo 268 Bis, indicó que en nuestro país, al menos tres de cada diez mexicanos tienen un tatuaje y en la mayoría de los casos se lo han hecho en lugares improvisados. Se tiene registrado que en la Ciudad de México, cinco de cada diez que se practican una perforación, desarrollan una infección que puede ser de leve hasta muy severa, como la transmisión del VIH Sida o causar lesiones, atrofias de los tejidos hasta la pérdida del movimiento.

 

Román Francisco Cortés Lugo, del PAN, dijo que la mortalidad materna sigue siendo alta en nuestro país. Deficiencias de micronutrientes, como calcio, hierro, vitamina A y yodo, pueden ocasionar a la madre complicaciones en el embarazo. De ello pueden derivarse un bajo peso al nacer, partos prematuros y mayor riesgo de morbilidad durante el primer año de vida.

 

Se manifestó a favor de que los tatuajes y piercing los realicen personal calificado, en lugares establecidos, con condiciones de higiene y seguridad óptimas, ya que en este proceso se perfora la piel, mucosas y otros tejidos, cotidianamente realizada con objetos metálicos como agujas y navajas, produciendo sangrado con riesgo de contraer Sida, hepatitis C y otras enfermedades de carácter mortal.

 

Rosalina Mazari Espín, del PRI, se pronunció a favor de la reforma al artículo 61. Dijo que el dictamen obliga al Estado, a través de la Secretaría de Salud, a fortalecer la atención materno-infantil, que tiene ya un carácter de prioritario, “pero que es necesario robustecer con una política pública, como la correcta orientación alimentaria de la mujer en el embarazo y el puerperio”.

 

También se pronunció a favor de la reforma al artículo 268 Bis-1, que protege a las personas que han decidido por propia voluntad ponerse un tatuaje o piercing, pues podrían correr peligro, ya que quienes realizan estas modificaciones corporales muchas veces reutilizan agujas o tintas contaminadas por lo que podrían contagiarse de VIH-Sida y hepatitis C, así como infecciones cutáneas. El diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana (PRI) se pronunció en pro de los dictámenes.

 

Los dictámenes fueron turnados a la Cámara de Senadores para su trámite constitucional.

 

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