Boletín N°. 4676 Aprueban que prescripción se interrumpe por notificación de una demanda u otro tipo de interpelación judicial

14-12-2017.- La Cámara de Diputados aprobó, con 380 votos, un dictamen para reformar el artículo 1168 del Código Civil Federal, con el fin de establecer que la prescripción se interrumpe por la notificación de la demanda u otro género de interpelación judicial al poseedor o al deudor, en su caso, que busque adquirir un bien o liberarse de alguna obligación.

 

Se considerará la prescripción como no interrumpida por la demanda o interpelación judicial, si el actor se desiste de ella o si la misma fuese desestimada por un juez.

 

El documento, enviado al Senado de la República para su análisis, indica que la prescripción es un medio para adquirir bienes o de librarse de obligaciones por el transcurso del tiempo en virtud de las condiciones establecidas por la ley.

 

Asimismo, la prescripción faculta al poseedor de un bien a adquirir un derecho real para usar, gozar y disponer directa o indirectamente de manera perpetua, exclusiva y absoluta de un bien, estando las demás personas obligadas a respetar el ejercicio de ese derecho, el cual se debe ejercer de acuerdo con las disposiciones de la ley.

 

Se establece que “el derecho de propiedad se da a quien goza de la facultad de realización directa de interés, y de exclusión que implica la posibilidad de poner la cosa en condiciones tales que evite la perturbación por parte de terceros, así como constituir un conjunto de medidas tendentes a poner fin a una perturbación del derecho”.

 

También comprende la facultad de oponer la titularidad real, en el sentido de que todos los seres humanos deberán tolerar el ejercicio del derecho por parte del titular. Abarca la facultad de persecución y de preferencia que tiene el titular de un derecho real sobre otro que goza del mismo sobre el mismo bien, referido a los principios generales del derecho.

 

Refiere que se trata del mayor goce y protección que se pueda tener sobre un bien, además de constituir un derecho humano, por ser indispensable para el desarrollo de una persona y su proyecto de vida, por lo que se encuentra sujeto a formas determinadas para su adquisición y requisitos estrictos para evitar cualquier injusticia.

 

El derecho de propiedad, al ser un elemento de la personalidad, está íntimamente relacionado con la seguridad jurídica y únicamente en los términos que la ley disponga se puede ejercer, indica.

 

-- ooOoo --