Boletín N°. 2945 Reducir discrecionalidad en el Fondo para Fortalecimiento de Infraestructura Pública

21-01-2017 A fin de reducir la discrecionalidad con que el Ejecutivo federal establece y modifica el apoyo a gobiernos estatales y municipales, a través del Fondo para el Fortalecimiento de Infraestructura Pública, y obligarle a fijar una previsión de gastos en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), el diputado Francisco Martínez Neri (PRD) impulsa iniciativa de reformas a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

Explica que año con año se establece un anexo en el PEF, “con distintas denominaciones y regulaciones, para asignar recursos a entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México” (CDMX).

 

Los lineamientos para ejercer dichos recursos, precisa el documento, los emite la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), que discrecionalmente, mantiene su ministración en el transcurso del año.

 

Asimismo, durante la discusión presupuestal, constructores y gestores particulares, atendiendo a sus propios intereses, buscan que los legisladores asignen recursos a sus proyectos, sin una gestión institucional, “que sería válida como cualquier otro mecanismo para beneficiar a un núcleo de población o atender una necesidad social”.

 

La propuesta, enviada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, subraya que no hay un registro de proyectos; una vez publicado el PEF, inician negociaciones lentas ante la SHCP que, aunadas a la discrecionalidad, llevan al subejercicio de lo programado.

 

Martínez Neri plantea establecer un registro de planes para que el proceso de evaluación y validación sea responsabilidad de las entidades promoventes y la SHCP, eliminando cualquier otra injerencia.

 

Con la adición del inciso w) a la fracción II del artículo 41 de ese ordenamiento, establece que el proyecto de Presupuesto de Egresos contendrá previsiones de gasto que correspondan al Fondo para el Fortalecimiento de Infraestructura Pública.

 

Agrega un artículo 82 Bis para estipular que el proyecto de PEF incluya los recursos que se proponen ejercer, mediante convenio de la SHCP con las entidades federativas, municipios y demarcaciones de la CDMX, por medio del Fondo para el Fortalecimiento de Infraestructura Pública.

 

El objeto del fondo es generar infraestructura pública, pavimentar calles y avenidas, mantenimiento de alumbrado público, drenaje, alcantarillado; construir, rehabilitar y remodelar espacios educativos, artísticos, culturales y deportivos, así como construir y modernizar mercados públicos.

 

Para acceder al recurso, los estados, municipios y demarcaciones de la CDMX designarán un servidor público como representante único, responsable de gestionarlos y presentar ante la SHCP los proyectos.

 

El legislador propone que la Cámara de Diputados pueda modificar el monto propuesto en el proyecto de PEF y que la Contraloría Interna de esta soberanía aplique procedimientos y sanciones por responsabilidades administrativas en que incurran legisladores federales, conforme a la normativa vigente.

 

Entre otras cosas, también estipula que la SHCP publique las reglas de operación en el Diario Oficial de la Federación en la primera semana de enero del ejercicio fiscal correspondiente, con el calendario de ministración para proyectos con montos superiores a un millón 801 mil 595 Unidades de Inversión, y la ministración en una sola exhibición de proyectos menores a esa cifra.

 

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