Boletín N°. 3794 | Necesario que municipios accedan a recursos de gestión de riesgos, para prevención de desastres |
01-07-2017 La diputada María Luisa Sánchez Meza (PAN) presentó una iniciativa de reformas a la Ley General de Protección Civil, para que municipios en zonas de alto grado de vulnerabilidad, que no cuentan con recursos para tareas de prevención, supervisión y capacitación de personal, tengan acceso a instrumentos financieros de gestión de riesgos.
En el documento, enviado a la Comisión de Protección Civil, la legisladora señala que se busca abrir una oportunidad de acceso a recursos a municipios que demuestren su incapacidad económica para el equipamiento y adiestramiento de su departamento de Protección Civil.
Destaca la importancia de trabajar en la prevención de desastres, sean naturales o causados por error humano, antes de que sucedan, “con lo que se estarían salvando vidas, protegiendo la infraestructura de una comunidad o población y los bienes públicos, garantizando la continuidad de los servicios básicos para el bienestar social”.
Indica que el gobierno federal debe intervenir oportunamente con recursos destinados para tal fin, sin la obligatoriedad de que el siniestro o desastre ya haya sucedido.
Subraya la importancia de proteger a los residentes de municipios de alto riesgo y que, debido a la falta de recursos en sus arcas, no cuentan con equipamiento o personal asignados al área de Protección Civil para hacer frente previamente o después de ocurrida alguna eventualidad, siniestro o desastre.
Propone incluir en la fracción III del artículo 58 a los municipios para que puedan acceder a dichos recursos. Por lo que hace al artículo 82, agrega el término Ciudad de México en lugar de “Distrito Federal” y, en un párrafo nuevo, establece que las entidades federativas, estados y el gobierno de la CDMX deberán reportar la situación financiera de las áreas de Protección Civil de sus municipios, a efecto de detectar cuáles estarían incapacitadas para realizar labores de prevención y supervisión, así como responder en caso de un evento de alto riesgo, siniestro o desastre.
En el artículo 88, se agrega el la denominación de Ciudad de México, y propone que en caso de que un municipio o entidad federativa se declare sin capacidad para operar ante una eventualidad de alto riesgo, siniestro o desastre en el área de Protección Civil, el gobierno federal intervendrá económicamente para evitar una contingencia que ponga en peligro a la población vulnerable.
Advierte que, por sus características geológicas y topográficas, México requiere de manera urgente contar con un Sistema Nacional de Protección Civil cada vez más eficaz, preparado para cualquier contingencia.
Señala que se ha buscado reforzar el área que salvaguarde a la ciudadanía ante cualquier riesgo o desastre; sin embargo, abunda, es una realidad que existen entidades federativas o municipios cuyas comunidades son vulnerables a una catástrofe y no cuentan con los recursos para prevención ni para hacerle frente una vez ocurrida.
“Mientras se busca asegurar el recurso financiero para actuar en caso de contingencia, el área preventiva queda rezagada”, sostiene
Precisa que en esta Legislatura, se solicitó que todos los ayuntamientos reciban, por lo menos, cinco por ciento del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios, para fines preventivos e informativos.
“Sin embargo, una vez más, este dinero únicamente puede utilizarse después del siniestro”, lo cual, consideró, contradice el propósito de dotar de herramientas antes de la contingencia, para que la comunidad sepa actuar y, desde el área de Protección Civil hasta el Cuerpo de Bomberos, cuenten con personal capacitado, equipamiento e insumos para desempeñar su labor de salvaguardar la integridad de la población, su patrimonio y los bienes públicos.
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