Boletín N°. 0549 | Comisión aprueba dictamen a minuta que garantiza seguridad social a cónyuges y concubinos del mismo sexo |
21-11-2018.- La Comisión de Seguridad Social aprobó, en sus términos, la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las leyes del Seguro Social, y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a efecto de asegurar el acceso y disfrute del derecho a la protección social, servicios y prestaciones, a los cónyuges y concubinos del mismo sexo.
El dictamen a la minuta, avalada por la instancia legislativa que preside la diputada Mary Carmen Bernal Martínez (PT), contempla además la posibilidad de otorgar a la mujer trabajadora el derecho de transmitir al esposo o al concubinario una pensión de viudez en el eventual caso de su fallecimiento,
También adiciona la definición de “unión civil”, entendiéndola como el acto jurídico bilateral que se constituye cuando las personas físicas de diferente o del mismo sexo, mayores de edad y con capacidad jurídica plena, establecen un hogar común con voluntad de permanencia y ayuda mutua, por el que se deriven obligaciones alimentarias, de sucesión o semejantes, y que esté reconocido en la legislación de los estados, cualquiera que sea la denominación que adquiera.
El dictamen destaca que las modificaciones son de enorme trascendencia para el orden legal del país, ya que su propósito es garantizar la observación y cumplimiento de los principios de igualdad y no discriminación previstos en diversas disposiciones de derechos humanos.
Refiere que el presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ha emitido diversas recomendaciones a la Dirección General del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), sobre casos de violaciones a derechos humanos por negar o declarar improcedente la pensión por viudez, en agravio de diversas personas, por motivos de sexo, condición económica y salud.
“Con la modificación se erradicará este tipo de problemas, toda vez que la ley será clara y explícita en esta materia”, afirma la Comisión.
Relata que las reformas son necesarias, a fin de que no se vuelva a presentar ningún caso en donde se niegue el otorgamiento de este derecho a los matrimonios, sea cual fuere su preferencia sexual, y ahora se extiende, además, a la figura de concubinato, a efecto de avanzar en el reconocimiento de los derechos más elementales de las y los trabajadores asegurados, de las y los pensionados, cuyo conyugues son del mismo sexo, haciendo extensivo, por supuesto, derecho a los demás integrantes del núcleo familiar de que se trate.
Exhorto al Congreso del Estado de México
De igual modo, la Comisión aprobó el dictamen con punto de acuerdo que exhorta a la LX Legislatura del Congreso del Estado de México para que, en el ámbito de sus atribuciones, analice la viabilidad de abrogar el decreto 317 que expide la Ley del Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios, publicado el 10 de agosto de 2018 en la Gaceta de Gobierno de la entidad.
El documento precisa que dicho Congreso utilizó como justificante para aprobar la ley, un diagnóstico en el que se concluye que el actual esquema de beneficios, cuotas y aportaciones vigentes, del Sistema Solidario de Pensiones del ISSEMYM, resulta insostenible. “Sin embargo, dicho análisis omite señalar que diversas instituciones públicas de la entidad tienen adeudos correspondientes por concepto de enteros de cuotas, aportaciones de seguridad social y préstamos a servidores públicos, que ascienden a más de mil 900 millones de pesos”.
Conforme a una proyección realizada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), una comisión de 1 por ciento sobre el saldo de una cuenta, reduce en 20 por ciento el ahorro acumulado en un periodo de 40 años. En este sentido, actualmente las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore), cobran en promedio una comisión 1.021 por ciento, lo que significa que bajo este esquema los servidores públicos del Estado de México recibirán un pago menor a la que actualmente perciben bajo el actual Sistema de Pensiones.
El decreto señala que los servidores públicos podrán elegir su edad de retiro, cumpliendo con el requisito de que los recursos de la cuenta individual sean suficientes para tener un ingreso de al menos 30 por ciento mayor a la Pensión Garantizada.
No obstante, en días recientes, Fernando López Macari, presidente del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas, señaló que la población que se registró ante el IMSS a partir de 1997 o el ISSSTE después de 2007, no cubrirá las semanas para jubilarse. De acuerdo con sus estimaciones, más del 76 por ciento de las personas que forman parte de la generación Afore, no alcanzarán las más de mil 250 semanas necesarias para una jubilación.
“Estos datos evidencian que el Sistema de Pensiones Individualizado que entrará en vigor el primero de enero de 2019, no sólo no beneficiará a los trabajadores, sino que también es muy probable que estos no cuenten con los recursos necesarios que les permitan alcanzar su jubilación”, añade el dictamen.
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