Boletín N°. 1458 Indispensable, presentar manifestación de impacto ambiental para construir vías de comunicación

18-04-2019.- El diputado José Salvador Rosas Quintanilla (PAN) planteó adicionar la Ley de Vías Generales de Comunicación, con el objetivo de que las concesiones de construcción caduquen por no presentar la autorización de manifestación de impacto ambiental prevista en la respectiva legislación, previamente al inicio de las obras y de explotación de estas vías.

 

El legislador consideró que adicionar la fracción I del artículo 29 de esta ley es una forma pertinente para tener un control de la situación, evitar espacios de acción de quienes cometen actos de corrupción y realizar estudios que den seguimiento a los efectos de mediano y largo plazos de ciertos proyectos, considerando viabilidad y efectos como la prioridad para que se desarrollen con eficacia.

 

Señaló que la falta de atención que tienen los estudios de impacto en periodos posteriores a la conclusión de la obra, denota una carencia en la comprensión de los efectos de estos proyectos en los procesos biológicos y sociales de los ecosistemas.

 

Reconoció que la consideración ecológica en la elaboración de megaproyectos de infraestructura es obligación para las necesidades de los tiempos actuales. El desequilibrio existente en los ecosistemas debido a la actividad humana desregularizada “ha derivado en efectos que tomarán siglos de revertirse ante un escenario optimista, caracterizado por una deseable cooperación y pronta respuesta”.

 

Subrayó que considerar la manera en la cual el marco normativo se aproxima al impacto de la actividad humana en el ambiente requiere de una legislación integral que, desde múltiples frentes, se haga cargo de sentar las bases para combatir prácticas que pudieran tener un buen propósito, pero con consecuencias que derivarían en pérdidas de mayor relevancia a las ganancias inmediatas.

 

Mencionó que el artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), establece que entre otras, las vías generales de comunicación necesitan autorización que otorga la Semarnat. Asimismo, el artículo 34 señala la obligación de la secretaría de realizar consulta pública para integrar las observaciones de los interesados a la manifestación de impacto ambiental.

 

Respecto de los estudios de impacto social, agregó, “no es un procedimiento o requisito para los proyectos y obras en vías de comunicación”. Consideró que la manera en que se llevará a cabo debe ser detallada y no sólo mencionada en la legislación correspondiente.

 

Adaptar los proyectos acorde a los condicionantes de los espacios geográficos y recursos disponibles debe de asumir protagonismo en la planeación actual y futura de los proyectos de infraestructura, enfatizó.

 

Comentó que, a escala mundial, la inversión en megaproyectos representaba ocho por ciento del Producto Interno Bruto global, inversión que parece ir en aumento ante la apertura del mercado internacional a la inversión privada y pública de diversos países.

 

Según estimaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, se espera que el gasto necesario en proyectos de este tipo sea de 70 billones de dólares, lo que lo torna en un ámbito de interés para actos de corrupción a fin de sacar provecho de estos esfuerzos.

 

“Una adopción de estándares de altísima calidad para el desarrollo de obras enfocadas a asumir sus efectos para la protección ambiental y social son propias de una nación aspirante a ser potencia, la cual necesita un marco normativo consistente y definido que determine un operar responsable de nuestras obras en favor del desarrollo”, puntualizó.

 

 

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