Boletín N°. 2527 Conocen diputados diez dictámenes; entre ellos, el que crea el Instituto de Salud para el Bienestar

22-10-2019.- El Pleno cameral conoció para trámite de declaratoria de publicidad diez dictámenes. Uno de ellos, reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud, y de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, para crear el Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi) y en materia de acceso a estos servicios y medicamentos asociados para personas que no poseen seguridad social.

 

Conforme al documento, el Insabi tendrá por objeto proveer y garantizar la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin seguridad social. Además, deberá impulsar, en coordinación con la secretaría federal del ramo en su calidad de órgano rector, acciones orientadas a lograr una adecuada integración y articulación de las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.

 

Los beneficiarios no cubrirán ningún tipo de cuotas de recuperación o cualquier otro costo por los servicios que reciban. Todas las personas que se encuentren en el país y no cuenten con seguridad social, tendrán derecho a recibir de forma gratuita la prestación de los servicios públicos de salud, al momento de requerir la atención, de conformidad con el artículo cuarto de la Constitución Política, sin importar su condición social.

 

La protección a la salud, será garantizada por el Estado, bajo criterios de universalidad e igualdad, deberá generar las condiciones para brindar el acceso gratuito, progresivo, efectivo, oportuno, de calidad y sin discriminación a los servicios médicos, incluidas intervenciones quirúrgicas, así como medicamentos y demás insumos del Compendio Nacional de Insumos para la Salud.

 

Se crea el Fondo de Salud para el Bienestar, fideicomiso público sin estructura orgánica, constituido en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en una institución de banca de desarrollo, en el que el Insabi funge como fideicomitente y tiene como fin destinar recursos a: atención de enfermedades que provocan gastos catastróficos; a la infraestructura preferentemente en las entidades federativas con mayor marginación social y complementar los recursos destinados al abasto y distribución de medicamentos y demás insumos, así como del acceso a exámenes clínicos, asociados a personas sin seguridad social.

 

Asimismo, se dio declaratoria al dictamen que adiciona un artículo 28 Bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 constitucional, en materia de licencia por paternidad.

 

La reforma plantea que, en caso de adopción, las madres tendrán un descanso de seis semanas posteriores al recibir al menor y en el caso de los padres se otorgará un mínimo de cinco días, conservando íntegros todos sus derechos, inclusive el goce de la totalidad de su sueldo.

 

Se conoció el dictamen que reforma los artículos 132 de la Ley Federal del Trabajo y 43 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 constitucional, para proteger a mujeres víctimas de violencia y su fuente de empleo.

 

El objetivo es establecer un permiso sin goce de sueldo hasta por 30 días hábiles para mujeres afectadas por una situación de violencia, y con ello, puedan resolver asuntos personales o un procedimiento legal. El permiso deberá durar el mismo tiempo que la orden de protección emitida por la autoridad competente.

 

Un dictamen adiciona la fracción XI Bis al artículo 5 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a fin de adicionar el principio de solidaridad social en las políticas públicas, enfocado a que la sociedad pueda prestar el apoyo a este sector de la población; facilitar y optimizar su inclusión social.

 

También, se conoció el dictamen que adiciona los artículos 190 Bis a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radio Difusión, y un artículo 168 Ter Código Penal Federal, con el fin de prohibir la fabricación, comercialización, adquisición, e instalación, portación, uso y operación de equipos que bloqueen, cancelen o anulen señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos o imagen.

 

Se propone sancionar con pena de 12 a 15 años de prisión, a quien fabrique, comercialice, adquiera, instale, porte, use u opere esos dispositivos y, si el delito fuera cometido por servidores públicos, y sin autorización expresa escrita debidamente acreditada por su superior inmediato, se impondrá pena de 15 a 18 años de prisión. Los equipos a que se hace referencia serán asegurados y posteriormente deberán ser destruidos en su totalidad.

 

El dictamen que adiciona una fracción X, recorriéndose la subsecuente al artículo 48 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, tiene el propósito de fortalecer la participación del Instituto Nacional de las Mujeres en la implementación de mecanismos para prevenir el acoso y hostigamiento sexual en los centros de trabajo.

 

Su finalidad es diseñar un protocolo de prevención y protección de la integridad de las mujeres en el ámbito laboral que son objeto de discriminación y violencia, con el objetivo de aminorar las brechas de desigualdad imperantes que causan alto sufrimiento humano.

 

De la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, se conoció el dictamen que reforma el artículo 21 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a efecto de incluir la perspectiva intercultural y de género, en la distribución de costos y beneficios asociados a los objetivos de política ambiental.

 

Con esta modificación se tiene la oportunidad de poner fin a la pobreza, luchar contra la desigualdad y la injusticia y hacer frente al cambio climático sin que nadie quede rezagado para el 2030. Se busca lograr la igualdad entre los géneros, empoderar a todas las mujeres y niñas del país; adoptar medidas urgentes para combatir el cambio climático; proteger, restablecer y promover el uso sostenible de los ecosistemas terrestres, así como poner un alto a la pérdida de la diversidad biológica.

 

El Pleno conoció el dictamen que reforma la fracción II del artículo 73 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, para que los sujetos obligados de los poderes judiciales federal y de las entidades pongan a disposición del público y actualicen las versiones públicas del texto íntegro de todas las sentencias. Si las mismas no se hacen públicas, no se conocerán las prácticas discriminatorias y llenas de estereotipos de algunos jueces, las cuales sólo se llegan a conocer al volverse mediáticas y afectan sobre todo a mujeres.

 

Se conoció el dictamen que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, cuya finalidad es actualizar las referencias legislativas con el Código Nacional de Procedimientos Penales. Su objetivo es que la norma sea acorde con las reformas que se dieron en materia procesal penal de la legislatura anterior, y con ello evitar lecturas fallidas en el marco jurídico ambiental.

 

Otro dictamen, reforma y adiciona los artículos 2 y 24 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, con el objetivo de incorporar mecanismos que garanticen que la práctica pesquera y la acuacultura, como actividades primarias, se orienten a la producción para lograr la soberanía alimentaria.

 

--ooOoo--