Boletín N°. 2271 Comisión aprueba dictamen para eliminar la brecha salarial entre mujeres y hombres por el mismo trabajo

26-09-2019.- La Comisión de Igualdad de Género, presidida por la diputada Wendy Briceño Zuloaga, aprobó el dictamen que reforma la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, el cual elimina la brecha salarial y obliga a las instituciones, empresas públicas y privadas, a remunerar igualitariamente la prestación de un mismo trabajo.

 

El documento adiciona la fracción VII Bis al artículo 17 de la citada ley, en donde se estipula dicha eliminación para erradicar las condiciones laborales de desigualdad, así como cerrar la abertura en la participación económica entre mujeres y hombres.

 

Añade a la misma ley el artículo 34 Bis, a fin de establecer la remuneración igualitaria por razón de sexo, y que las instituciones, empresas públicas y privadas, están obligadas a pagar de forma igual la prestación de un mismo trabajo, ya sea directa o indirectamente, y cualquiera que sea la naturaleza de la misma, salarial o extra salarial, sin que pueda producirse discriminación alguna; el cobro será proporcional a la responsabilidad que corresponda.

 

La reforma refiere que de acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), los empleados pueden ser discriminados por distintos motivos, incluso por su sexo. En el caso de las mujeres, la segregación se manifiesta particularmente en la remuneración, debido a que perciben, en promedio, sólo 77 por ciento de lo que ganan los hombres, lo que se conoce como brecha de remuneración basada en el género.

 

Indica que los hombres y las mujeres que desempeñan un mismo trabajo deben percibir las mismas prestaciones, salario o remuneración; sin embargo, en México la práctica contradice lo anterior, ya que existe una marcada separación, lo que trasgrede los principios básicos de los derechos humanos de las mujeres.

 

Señala que se busca combatir la discriminación laboral de género y promover, por métodos adecuados a las condiciones nacionales, la igualdad de oportunidades y de trato en materia de empleo y ocupación, con objeto de erradicar cualquier discriminación.

 

Asimismo, diversos estudios demuestran que, pese a las iniciativas legislativas y políticas que se adoptan, persisten las diferencias de remuneración; segregación profesional; dificultades para conciliar el trabajo y la vida familiar; desmesurada concentración de mujeres en empleos a tiempo parcial y de tipo informal y precario; todo ello sumado al acoso sexual y a la discriminación por maternidad o estado civil.

 

Manifiestan que no significa que no se haya progresado; sin embargo, las mujeres distan todavía mucho de lograr la igualdad con los hombres en el mercado de trabajo.

 

Indican que en noviembre de 2008 el Parlamento Europeo realizó recomendaciones sobre la aplicación del principio de igualdad de remuneración entre hombres y mujeres. En ellas destacaba un conjunto de iniciativas integradas y destinadas a resolver la brecha salarial, por ejemplo, mediante la disponibilidad de análisis y la exigencia de transparencia; la evaluación y clasificación de los puestos de trabajo.

 

La comisión consideró que estas reformas promoverán acciones coincidentes con las diversas prácticas internacionales en la materia, como las sugeridas por el Parlamento Europeo en las recomendaciones hechas sobre la aplicación del principio de igualdad de remuneración, traduciéndose en acciones sólidas que son viables de incluir.

 

En la reunión, la instancia legislativa también avaló la propuesta de realizar una sesión solemne el día 17 de octubre, en conmemoración del 66 aniversario de la publicación en el Diario Oficial de la Federación del decreto en el que se reconoce el derecho de las mujeres a votar y ser votadas para puestos de elección popular.

 

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