Boletín N°. 3386 La Cámara de Diputados aumenta pena de prisión a quien cometa el delito de violencia familiar

 

  • La reforma al Código Penal Federal establece que se impondrá de tres a siete años de prisión

 

 

  • La sanción actualmente prevé de seis meses a cuatro años

 

03-03-2020.- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, con 431 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones, reformar el Código Penal Federal, con el objetivo de incrementar la pena a quien cometa el delito de violencia familiar e imponerle de tres a siete años de prisión.

 

El dictamen señala que la sanción actual, de seis meses a cuatro años de prisión, no ha logrado su objetivo total de prevenir la comisión de este tipo de hechos. Se estima que la previsión legal de la pena, como su imposición judicial y ejecución, no están cumpliendo con su función.

 

Considera que el incremento es justo y proporcionado, sin caer en penas excesivas o de larga duración que inhiban la reinserción social del condenado, más aún cuando se trata de temas relacionados con el entorno y el núcleo familiar.

 

El objetivo es generar una nueva norma que tenga una eficacia preventiva en sus dos aspectos: el primero referido a los potenciales delincuentes y, el segundo, a quienes ya han delinquido, procurando que la pena pueda producir un verdadero efecto preventivo de formas diversas.

 

Las reformas a los artículos 343 Bis y 343 Ter del Código, señalan que también se sancionará con tres a siete años de prisión a la equiparación de la violencia familiar. Se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

 

En su fundamentación, la diputada María Teresa López Pérez (Morena), integrante de la Comisión de Justicia, refirió que el Código Penal Federal indica que comete el delito de violencia familiar, “quien lleve a cabo actos o conductas de dominio, control o agresión física, psicológica, patrimonial o económica, a alguna persona con la que se encuentre o haya estado unida por vínculo matrimonial, de parentesco por consanguinidad, afinidad o civil, concubinato, o una relación de pareja dentro o fuera del domicilio familiar”.

 

Mencionó que de las 46.5 millones de mujeres de 15 años y más que hay en el país, el 66.1 por ciento han enfrentado violencia de cualquier tipo y de cualquier agresor, alguna vez en su vida. El 43.9 por ciento, agresiones del esposo o pareja a lo largo de su relación y está más acentuado entre las mujeres que se casaron o unieron antes de los 18 años, que es el 48 por ciento.

 

Estimó que ante la creciente incidencia de este delito y la lesividad que trae consigo para la vida de las mujeres, es necesario endurecer las penas de prisión previstas para el delito de violencia familiar, así como la conducta equiparada.

 

La diputada Adriana María Guadalupe Espinosa de los Monteros García (Morena) sostuvo que las penas vigentes actuales no se ajustan a la realidad que viven las víctimas en el ámbito familiar, ni coadyuvan a la mitigación de este fenómeno delictivo. De ahí la importancia de incrementarlas, a fin de que realmente sean eficaces para prevenir, erradicar y sancionar este delito.

 

Con estas reformas, dijo, “fortalecemos la seguridad y garantizamos la protección de la dignidad de los integrantes de las familias mexicanas, salvaguardando su derecho al libre desarrollo, principalmente dentro de sus hogares”.

 

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