Boletín N°. 4417 Aprueba la Cámara de Diputados reglas para la discusión y votación del PEF 2021
  • En la sesión presencial de este martes 10 se discutirá y votará en lo general

  • La discusión en lo particular será el miércoles 11, a las 10:00 horas, en su modalidad semipresencial

10-11-2020.- La Cámara de Diputados aprobó, en votación económica, el acuerdo de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) que establece las reglas para la discusión y votación del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021.

Precisa que una vez que la Mesa Directiva reciba el dictamen de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, lo publicará en la Gaceta Parlamentaria, en formato electrónico e impreso, así como en las pantallas de las curules del Salón de Sesiones, a efecto de que sea difundido a las diputadas y diputados.

Lo anterior tendrá los efectos de una declaratoria de publicidad de dictamen, conforme al artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, por lo que podrá ser incorporado al orden del día de la sesión en que se presente y recibirá dispensa de trámites a fin de someterse de inmediato a discusión. Si hubiere voto particular, se estará a lo dispuesto por los artículos 90 y 91 del citado Reglamento.

Discusión en lo general

Para la discusión en lo general se establece que considerando la contingencia sanitaria en el país y la Ciudad de México, corresponderá a la Presidencia de la Cámara, en uso de sus facultades, hacer la cita para la discusión del proyecto de Presupuesto 2021, en su modalidad presencial, para el día martes 10 de noviembre a las 14:00 horas.

En esa sesión ordinaria tendrá lugar la discusión en lo general, y en específico, se estará a lo siguiente:

  • El Presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, o uno de sus integrantes, podrá exponer los fundamentos del dictamen, hasta por diez minutos.
  • Hará uso de la palabra para fijar su posición, hasta por diez minutos, un orador por cada grupo parlamentarlo, en orden creciente. La recepción de las propuestas de modificación o de adición se hará desde el inicio de la sesión y hasta que concluya el apartado de posicionamientos de los grupos parlamentarios, durante la discusión en lo general.
  • Para hablar en contra o a favor del dictamen, se abrirán dos rondas de intervenciones y los oradores harán uso de la voz hasta por cinco minutos cada uno. En esta etapa de la discusión en lo general cada lista de intervenciones será de hasta 6 oradores en cada sentido, a fin de asegurar la intervención de todos los grupos parlamentarios, cuando menos en una ocasión.

Agotada la discusión en lo general, y una vez anunciadas las propuestas de modificación registradas, se procederá a la votación nominal del proyecto de decreto de Presupuesto 2021, en lo general de los artículos y/o anexos no reservados. Se realizará por el sistema electrónico ubicado en el Salón de Sesiones y se abrirá por 15 minutos.

A continuación, la Presidencia clausurará la sesión y citará a la siguiente.

En caso de que el dictamen sea aprobado en lo general, por mayoría de los votos de las diputadas y los diputados, se procederá a la discusión en lo particular de los artículos y/o anexos reservados.

Para la discusión en lo particular, la Presidencia de la Cámara hará la cita a sesión ordinaria para el día miércoles 11 de noviembre a las 10:00 horas, en su modalidad semipresencial. Si fuere necesario hacer recesos, a juicio de la Presidencia, en uso de sus facultades podrá decretar los que sean necesarios hasta concluir con la discusión y votación en lo particular.

Propuestas de modificación

En caso de que hubiere propuestas de modificación, se estará a lo siguiente:

Las propuestas de modificación deberán presentarse por escrito ante la Mesa Directiva, indicando con claridad si se reservan artículos, anexos o ambos, del dictamen a discusión. En este caso, las diputadas y los diputados tendrán que precisar el párrafo, la fracción o el inciso de los artículos reservados; el rubro, el ramo, el programa, o el concepto de los anexos que reservan, así como los artículos que se pretendieran adicionar al proyecto de decreto, conforme a lo siguiente:

En el supuesto de que la reserva implique la creación o el incremento de erogación, el diputado proponente deberá señalar la correspondiente fuente de financiamiento, identificando el programa específico al cual deberá reducirse la asignación prevista en el dictamen, de conformidad con establecido en el artículo 42 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

En todo momento, personal del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas apoyará técnicamente a las diputadas y los diputados en la elaboración y redacci6n de sus propuestas de modificación.

Una vez que se haya verificado que las reservas reúnen los requisitos señalados, serán rubricadas por los secretarios que defina la Mesa Directiva, a fin de proseguir su trámite en los términos de las presentes reglas.

La Mesa Directiva solamente registrará, para su discusión, las reservas que cumplan los requisitos descritos, debiendo rechazar aquellas que no los satisfagan.

En caso de ser necesario, la Mesa Directiva podrá decretar un receso, a efecto de llevar a cabo el debido registro de las reservas que hayan sido presentadas sin que en ese tiempo se puedan recibir más.

Discusión en lo particular

La discusión en lo particular será conforme a las siguientes características:

Harán uso de la palabra, procurando tres minutos cada uno, las diputadas y los diputados que hubieren reservado artículos, anexos o ambos.

En caso de que un diputado haya presentado diversas reservas, procurará exponerlas en una sola intervención. Para ello, la Mesa Directiva determinará, en consulta con el diputado proponente, el número de reservas a presentar en cada intervención.

La Mesa Directiva establecerá el tiempo para la presentación de las reservas cuando éstas sean agrupadas.

Concluida la intervención del legislador proponente, se consultará al Pleno, en votación económica, si se admite a discusión.

Si la respuesta fuere negativa, la propuesta se tendrá por desechada y el artículo o anexo en cuestión se reservará para su votación nominal en conjunto, en los términos del dictamen, al final de la discusión en lo particular.

Si se admite a discusión, procurarán hacer uso de la palabra un orador a favor y otro en contra, hasta par tres minutos cada uno.

Concluidas las intervenciones anteriores, la Secretaría consultará a la Asamblea, en votación económica, si se acepta la modificación o la adición propuesta. En caso de que la respuesta fuere negativa, se tendrá por desechada y el artículo o el anexo reservado se votará en términos del dictamen. De resultar afirmativa, el artículo o anexo de referencia se reservará, para su votación nominal en conjunto, al término de la discusión en lo particular, con la modificación aceptada por la Asamblea.

La consulta al Pleno para determinar si se aceptan o rechazan las modificaciones o adiciones propuestas, será mediante votación económica. En caso de que la Secretaría de la Mesa Directiva tenga duda respecto del resultado de la votación, esta podía repetirse, previa verificación numérica de los 129 legisladoras y legisladores autorizados para estar en el Pleno.

Si persistiere la duda y lo solicita un coordinador o coordinadora, la Presidencia ordenará la votación nominal a través del sistema telemático, por todas y todos los diputados que integran la Cámara.

Agotada la discusión en lo particular, la Presidencia dará lectura a los artículos reservados, que se votarán en conjunto, señalando con claridad aquellos que quedaron en los términos del dictamen y los que se votarán con la modificación o la adición aceptada, según sea el caso. La aplicación telemática se abrirá hasta por 15 minutos para registrar la votación.

De conformidad con el artículo 108, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se podrá solicitar la votación por separado de un artículo o anexo reservado, que será a través del sistema telemático de votación.

Las disposiciones previstas en los Acuerdos para sesiones presenciales durante la contingencia sanitaria y en el Reglamento para la contingencia sanitaria vigente, aprobados por el Pleno de la Cámara de Diputados, se observarán en lo conducente, según se desarrollen las sesiones en su modalidad presencial o semipresencial, además de lo siguiente:

a) En caso de que se solicite la rectificación de quórum, se estará a lo que dispone el artículo 46 del Reglamento de la Cámara de Diputados y se podrá usar el sistema telemático de votación.

b) En las listas que los grupos parlamentarios proporcionen para la integración de los 129 diputadas y diputados que deban estar de manera física en el Salón de Sesiones, procurarán observar el principio de paridad de género.

c) En caso de que la aplicación de votación telemática de algún diputado presente una falla así reportada por la Dirección General de Tecnologías que impida emitir su voto, el sistema continuará abierto por cinco minutos adicionales, a fin de resolver la incidencia. Si transcurrido dicho plazo no fue posible que el diputado o la diputada emita su voto a través de la aplicación, se ordenará el cierre del sistema y el respectivo voto se recogerá de viva voz, ya sea presente o vía la plataforma zoom.

Si durante la discusión en lo general y en lo particular del dictamen se presentara un asunto no previsto por el presente acuerdo, será resuelto por determinación de la Mesa Directiva y la Junta de Coordinación Política.

En términos del artículo 221, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, a través de su Junta Directiva, será responsable de hacer las correcciones al Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación 2021 aprobado por la Cámara y realizará solamente las adecuaciones de estilo, cálculo, ajustes de cifras y cantidades que sean necesarias, las cuales deberán estar en plena correspondencia con las modificaciones o adiciones aprobadas por el Pleno. La Mesa Directiva vigilará que se cumpla, antes de remitirlo al Ejecutivo Federal.

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