Boletín N°. 4530 Aprueban reformas para fortalecer órdenes de protección
  • Dichas órdenes son de urgente aplicación, sobre todo precautorias y cautelares: diputada Briceño Zuloaga

  • El dictamen a la minuta se devolvió al Senado

25-11-2020.- La Cámara de Diputados aprobó, con 464 votos a favor, cero en contra y una abstención, reformas a diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objetivo de fortalecer las órdenes de protección en salvaguarda de la vida e integridad de las víctimas de violencia.

El documento refiere que las órdenes de protección son de inmediata aplicación para proteger a las mujeres cuya vida o integridad estén en peligro.

En sesión semipresencial, el dictamen a la minuta que modifica los artículos 27, 28, 30, 31, 32, 33 y 34 y adiciona los artículos 34 Bis, 34 Ter, 34 Quáter, 34 Quinquies, 34 Sexies, 34 Septies, 34 Octies, 34 Nonies, 34 Decies, 34 Undecies, 34 Duodecies, 34 Terdecies y 34 Quaterdecies, se devolvió al Senado para los efectos del inciso e) del artículo 72 constitucional.

Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, diputada Wendy Briceño Zuloaga (Morena) explicó que las órdenes de protección son de urgente aplicación, fundamentalmente precautorias y cautelares.

Deberán, dijo, otorgarse de oficio o a petición de parte por las autoridades administrativas, el Ministerio Público o los órganos jurisdiccionales competentes.

Lo anterior, agregó, en el momento en el que tengan conocimiento del hecho de violencia presuntamente constitutivo de un delito o infracción que ponga en riesgo la integridad, la libertad o la vida de las mujeres o niñas, evitando en todo momento que la persona agresora, directamente o a través de algún tercero, tenga contacto de cualquier tipo o medio con la víctima.

Subrayó que el propósito fundamental de estas modificaciones reside en agilizar los mecanismos que permitan a las víctimas resguardar su vida e integridad desde el momento en que ocurre el hecho violento, permitiendo que al ser emitidas por el Ministerio Público y las autoridades administrativas o de naturaleza jurisdiccional, las personas podrán acceder más ágilmente a ellas.

Detalló que las órdenes de protección tendrán una duración de hasta 60 días prorrogables por 30 días más o el tiempo que dure la investigación o ampliarse hasta que cese la situación de riesgo para la víctima; serán expedidas de manera inmediata o, a más tardar, dentro de las cuatro horas siguientes al conocimiento de los hechos que las generan.

Precisó que las autoridades evitarán cualquier información tendiente a inhibir o desincentivar la solicitud, pudiendo iniciarse en lugar distinto a donde ocurrieron los hechos. Para ello, habrá convenios de colaboración entre instancias públicas, a fin de garantizar la efectiva protección de las mujeres y las niñas.

Estas órdenes, añadió, en este caso las administrativas, además de las previstas en otros ordenamientos, podrán consistir en el traslado de las víctimas a donde se requiere cuantas veces sea necesario en las diferentes diligencias; custodia personal y domiciliaria a las agredidas; alojamiento temporal en espacios seguros: casas de emergencia, refugios y albergues.

Además, proporcionar los recursos económicos para garantizar la seguridad personal, transporte, alimentos, comunicación, mudanza y los trámites oficiales que requiera.

Sostuvo que el dictamen enfatiza que por ninguna circunstancia las autoridades administrativas, el Ministerio Público o el órgano jurisdiccional notificarán de sus actuaciones a la persona agresora a través de la víctima. Cualquier notificación es responsabilidad exclusiva de la autoridad, aclaró.

Además, deberá desarrollarse por parte del Gobierno Federal y de las entidades, en un plazo no mayor a 120 días a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, un plan de capacitación a todo el personal ministerial y judicial sobre el contenido de esta reforma.

La diputada Beatriz Rojas Martínez (Morena) señaló que todas las mujeres que denuncian y que su vida e integridad está en peligro deben ser protegidas y de esta manera se asegura que no se concreten los feminicidios.

Afirmó que las órdenes de protección son obligaciones establecidas en beneficio de mujeres, niñas y niños agredidos, a fin de garantizar su seguridad física, psicológica y sexual.

--ooOoo--