Boletín N°. 6483 La Cámara de Diputados reforma la Ley General de Educación en materia de alimentos de educandos
  • El dictamen a la minuta se aprobó por consenso de 444 votos

 

 

  • Fue devuelto al Senado

 

30-04-2021.- La Cámara de Diputados aprobó, por consenso de 444 votos, reformas a la Ley General de Educación para que los lineamientos que establezca la Secretaría de Educación Pública a los que deberán sujetarse la distribución de los alimentos y bebidas preparados y procesados dentro de toda escuela, incluyan las regulaciones que prohíban los alimentos que no favorezcan la salud de los educandos y aquellos que fomenten alimentos con mayor valor nutritivo.

 

El dictamen a la minuta, aprobado con modificaciones, fue devuelto al Senado para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la Constitución Política.

 

La modificación al artículo 75 de dicha norma también establece que las cooperativas que funcionen con la participación de la comunidad educativa tendrán un compromiso para fomentar estilos de vida saludables en la alimentación de los educandos y operarán con apego a los lineamientos y a las demás disposiciones que resulten aplicables.

 

Se señala que las autoridades educativas deberán fomentar la comercialización de alimentos saludables, considerando de manera preferente aquellos producidos en las regiones o comunidades en donde se ubiquen dichos planteles, al interior de los cuales también se promoverá que se distribuyan esos alimentos a través de las cooperativas escolares.

 

Indica que, en materia de la promoción de la salud escolar y para el debido cumplimiento de lo dispuesto en este artículo, la SEP, así como las autoridades educativas y escolares, observarán los criterios nutrimentales y Normas Oficiales Mexicanas expedidas por la Secretaría de Salud.

 

La diputada Adela Piña Bernal (Morena), presidenta de la Comisión de Educación, explicó que la Ley General de Educación publicada en septiembre de 2019 contiene diversas disposiciones relativas a la educación en materia de estilos de vida saludables, la activación física, la práctica del deporte y la educación física.

 

De igual forma, agregó, contiene disposiciones en las que se encuentran las bases para que la distribución de alimentos y bebidas preparados y procesados dentro de toda escuela cumplan con los criterios nutrimentales que para tal efecto determine la SEP.

 

Precisó que con el ánimo de atender la preocupación de la colegisladora, consistente en precisar aún más los aspectos relacionados con la obligación de las autoridades educativas de observar los criterios nutrimentales y las normas oficiales mexicanas sobre comercialización de alimentos consumidos por las y los educandos, la Comisión replanteó la propuesta a efecto de contar con un artículo que sea más claro y no reiterativo o confuso en cuanto a esta importante obligación.

 

 

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