Boletín N°. 6058 | La Cámara de Diputados aprobó, en lo general, el dictamen que expide la Ley General de Educación Superior |
09-03-2021.- La Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 400 votos a favor, 47 en contra y dos abstenciones, el dictamen a la minuta que expide la Ley General de Educación Superior, cuyo propósito es establecer las bases para cumplir con la obligación del Estado de garantizar el ejercicio del derecho a la educación superior.
Con ello, se da cumplimiento al mandato constitucional establecido en el artículo 3º, refrenda el carácter público, gratuito y laico de la educación superior, cumpliendo con el principio de ser universal con un enfoque de equidad, excelencia e inclusión.
El nuevo ordenamiento abroga la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 29 de diciembre de 1978.
Busca contribuir al desarrollo social, cultural, científico, tecnológico, humanístico, productivo y económico del país, por medio de la formación de personas con capacidad creativa, innovadora y emprendedora con un alto compromiso social.
También, distribuir la función social educativa del tipo de educación superior entre los tres órdenes de gobierno, orientar los criterios para el desarrollo de políticas públicas con visión de Estado, establecer criterios para el financiamiento y regular la participación de los sectores público, social y privado en la educación superior.
Reconoce la autonomía que la ley otorga a las universidades e instituciones de educación superior, así como a su régimen jurídico, autogobierno, libertad de cátedra e investigación, estructura administrativa, patrimonio, características y modelos educativos.
Promueve programas de apoyo para la titulación de los estudiantes y prioriza a la comunidad estudiantil cuyos intereses y necesidades son el centro del Sistema Nacional de Educación Superior. Fomenta la creación de instancias para prevenir la violencia sexual y de género en los centros escolares.
Menciona que el tipo educativo superior es el que se imparte después del medio superior y está compuesto por los niveles técnico superior universitario, profesional asociado u otros equivalentes, licenciatura, especialidad, maestría y doctorado.
Crea el Fondo Federal Especial para la obligatoriedad y gratuidad de la educación superior de manera gradual. Además, se precisa que los recursos públicos que reciban las instituciones públicas de educación superior deberán administrarse con eficiencia, responsabilidad y transparencia, a través de procedimientos que permitan la rendición de cuentas y el combate a la corrupción.
Además, conforma el Sistema de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior, definido como el conjunto orgánico y articulado de autoridades, de instituciones y organizaciones educativas y de instancias para la evaluación y acreditación, así como de mecanismos, instrumentos de evaluación del tipo de educación superior.
Establece sanciones por condicionar la prestación del servicio público de educación a la contratación de servicios ajenos a la prestación del mismo y por ofrecer o impartir estudios sin contar con el reconocimiento de validez oficial de estudios.
Sólo 30 por ciento de la población accede a la educación superior
Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Educación, diputada Adela Piña Bernal, señaló que desde hace dos años se inició el proceso de la Reforma Educativa; a partir de entonces se ha impulsado y aprobado la legislación correspondiente que sienta las bases del nuevo paradigma y garantiza el derecho a la educación que tienen todas y todos los mexicanos, desde la primera infancia hasta el posgrado.
Mencionó que hoy se cumple con el mandato constitucional de expedir la Ley General de Educación Superior que estaba pendiente, por lo que agradeció a todos los grupos parlamentarios que en su mayoría se sumaron al esfuerzo de construcción de esta ley. “Mi agradecimiento porque nos damos cuenta que en el ámbito educativo todos tenemos coincidencia de que es el pilar para una verdadera transformación”.
Se sabe, dijo, que sólo el 30 por ciento de la población tiene acceso a la educación superior; la mayoría de los jóvenes son rechazados de las universidades y se ven obligados a terminar con sus aspiraciones profesionales por falta de oportunidades.
Ello, añadió, perjudica de manera individual a los jóvenes, pero también de manera colectiva al país, pues significa un retraso en el desarrollo económico, social, en la investigación científica, la innovación y en la tecnología.
Piña Bernal afirmó que la ley representa un paso trascendente hacia la fortaleza de la educación superior, porque incorpora un enfoque de cobertura universal, además del cumplimiento gradual de la obligatoriedad y la gratuidad de la educación superior; reconoce y respeta la autonomía universitaria.
También, armoniza y fortalece los criterios, fines y política de la educación superior previstos en el artículo Tercero Constitucional; establece un Sistema Nacional de Educación Superior, en concordancia con el Sistema Educativo Nacional y la vincula con las realidades y necesidades de los sectores sociales, productivo y económico para contribuir al desarrollo del país.
Recordó que desde 1978 no había existido ningún ordenamiento respecto a la educación superior. Se refrenda el carácter público, gratuito y laico de este nivel educativo; cumple con el principio de universalidad con un enfoque de equidad, excelencia e inclusión.
La diputada Piña Bernal señaló que además prevé los subsistemas Universitario, Tecnológico y de Escuelas Normales y de Formación Docente en sus diferentes modalidades, a fin de garantizar una oferta educativa con capacidad de atender las diferentes necesidades nacionales, regionales, estatales y locales.
Crea el Consejo Nacional para la Coordinación de la Educación Superior, órgano colegiado para acordar las acciones y estrategias que impulsarán el desarrollo de la educación superior; establece que uno de los criterios que regirá a este nivel educativo será la perspectiva de género, por lo que crea modelos para que los espacios universitarios se consoliden como libres de violencia de género y de discriminación hacia las mujeres.
De igual modo, fomenta medidas para proteger el bienestar físico, mental y social de los estudiantes, así como del personal que labora en las instituciones; garantiza el fortalecimiento del personal académico y de la excelencia educativa, mediante la búsqueda de condiciones laborales adecuadas y estabilidad en el empleo, y promueve esquemas de capacitación del personal docente en educación superior.
Comentó que establece esquemas de vinculación, consulta y participación social para hacer más eficientes los procesos de opinión en el diseño y seguimiento de las acciones en educación superior, con lo que se fortalece la institucionalidad y los ámbitos de competencia.
Además, diseña esquemas de financiamiento de la educación superior, donde se establece un anexo específico dentro del proyecto de decreto del Presupuesto de Egresos para las erogaciones en educación superior y un fondo especial de obligatoriedad y gratuidad.
Reservas para la discusión en lo particular
Para la discusión en lo particular de la Ley General de Educación Superior, se reservaron los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10,11, 12, 13, 20, 22, 23, 24, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 37, 46, 47, 48, 49, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 60, 62, 63, 64, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 77; del Título Tercero, la denominación de la Sección Primera y de la Sección Segunda; los artículos transitorios Segundo, Tercero, Cuarto y Décimo, así como diversas propuestas de adición.
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