Boletín N°. 6178 Garantiza la Cámara de Diputados acceso a la justicia para personas adultas mayores
  • Las reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales fueron avaladas por consenso

 

 

  • Se busca que tengan condiciones adecuadas cuando sean víctimas, ofendidos o imputados

 

24-03-2021.- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, con el consenso de 456 votos, el dictamen que reforma los artículos 109 y 113 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a fin de adaptar las condiciones necesarias para garantizar el acceso de las personas adultas mayores que intervengan en procedimientos penales, cuando así lo requieran.

 

Con el documento remitido al Senado de la República, se pretende establecer que dentro de los derechos de la víctima, ofendido o imputado, se adaptarán las condiciones que sean necesarias para garantizar el acceso de las personas adultas mayores, cuando así lo requieran, en caso de procedimiento penal, salvaguardando sus derechos.

 

Acceso a la justicia de las personas adultas mayores

 

En la fundamentación del dictamen, la presidenta de la Comisión de Justicia, diputada María del Pilar Ortega Martínez (PAN), señaló que la población de adultos mayores asciende a más de 13 millones de mexicanas y mexicanos, que aumentará considerablemente en los siguientes años, debido a las dinámicas demográficas actuales.

 

Indicó que las reformas validadas tienen por objetivo garantizar las medidas para el debido acceso a la justicia de las personas adultas mayores, pues de acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas, el cambio en el porcentaje de esta población pasó del 6.2 por ciento en 1990 a 10.5 por ciento en 2017.

 

Las instituciones públicas, dijo, necesitan prepararse para tomar medidas encaminadas a garantizar que las personas adultas mayores tengan acceso a los diversos servicios gubernamentales en igualdad de condiciones que cualquier otra persona.

 

Desde plataforma digital, Ortega Martínez mencionó que el ámbito de la procuración y la impartición de justicia no pueden ser la excepción. Un ejemplo de experiencias en las cuales se han implementado medidas para garantizar el derecho a la justicia de grupos vulnerables son los llamado ajustes razonables, previstos en el Código Nacional de Procedimientos Penales, acotó.

 

Estos consisten, detalló, en previsiones normativas para que las autoridades de procuración e impartición de justicia penal adopten medidas especiales para garantizar que las personas con discapacidad puedan ejercer adecuadamente sus derechos, como víctimas o imputados.

 

Relató que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha manifestado para tomar consideraciones especiales cuando una persona adulta mayor esté en un proceso penal, ya sea como víctima, ofendido o imputado.

 

Con los cambios al Código Nacional de Procedimientos Penales, añadió, se garantizan los derechos de las personas adultas mayores que participen en el proceso penal como víctimas, ofendidos o imputados, y con ello, garantizar su adecuado acceso a la justicia.

 

Mejores condiciones para las personas de la tercera edad

 

El promovente de la reforma, diputado Jorge Luis Montes Nieves (Morena), expresó que el objetivo es generar mejores condiciones dentro de un proceso penal cuando concurra en él una persona de la tercera edad y garantizar su pleno acceso a la justicia.

 

Precisó que las personas adultas mayores se enfrentan al abandono y maltrato, así como a graves problemas para acceder plenamente a sus derechos humanos. De acuerdo con el INEGI, el 8.2 por ciento de la población tiene 65 años o más y el 49.9 por ciento de las personas con discapacidad son adultas mayores. Además, sufren de discriminación estructural, lo que dificulta su acceso a la justicia.

 

 

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