Boletín N°. 6546 Pasantes de las profesiones para la salud deberán contar con condiciones que garanticen respeto a sus derechos
  • La diputada Villafuerte Zavala (PVEM) pidió reformar la Ley General de Salud para que el servicio social de estos pasantes tenga una duración máxima de seis meses

  • Además, para que cuenten con equipo de seguridad y un protocolo de atención a la violencia de género

28-05-2021.- La diputada Lilia Villafuerte Zavala (PVEM), mediante una iniciativa, planteó reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a fin de crear las condiciones normativas que garanticen el respeto a los derechos de los pasantes prestadores del servicio social.

Los artículos reformados son el 84, 85, 86, 87 y 88, donde se establece que el servicio social de todos los pasantes de las profesiones para la salud y sus ramas, tendrá una duración máxima de seis meses.

Asimismo, que los establecimientos que reciban pasantes de servicio social deberán contar con al menos un programa de Acompañamiento y Práctica Médica Guiada, aprobado por el Comité de Servicio Social y la Secretaría de Salud de las entidades federativas, en el que se especifiquen las funciones que deberán realizar los pasantes, así como las estrategias de acompañamiento para la realización de sus funciones.

Asimismo, un inventario actualizado de las plazas a cubrir por cada pasante del sector salud según las necesidades administrativas y de personal, a fin de optimizar el trabajo práctico y el proceso de aprendizaje, y un protocolo de atención a la violencia de género.

También, condiciones mínimas de estancia y vivienda digna para el caso de establecimientos en zonas rurales y de alta marginación en donde los pasantes deban asistir a prestar su servicio, y una bitácora que se llenará semanalmente y se firmará por parte del director del área correspondiente y del pasante a su cargo.

Las entidades federativas, en el ámbito de sus competencias, deberán conformar un Comité Estatal del Servicio Social que evaluará las condiciones tanto del establecimiento como de la zona donde se realice el servicio social, a fin de contar con información suficiente que permita garantizar la seguridad de los pasantes.

Asimismo, durante el servicio social de los pasantes de las profesiones para la salud en áreas de menor desarrollo económico y social, se les deberán garantizar las condiciones mínimas para una estancia digna y segura, así como proveerles del equipo de seguridad necesario.

También, la Secretaría de Salud, en coordinación con los Comités Estatales de Servicio Social, elaborará los programas de carácter social para los profesionales de la salud, en beneficio de la colectividad, de conformidad con las disposiciones legales aplicables al ejercicio profesional.

En la exposición de motivos de la iniciativa, turnada a la Comisión de Salud, se subraya que se pretende actualizar el marco normativo en el que se encuentra previsto el servicio social, a fin de contribuir a garantizar el pleno goce de derechos por parte de los pasantes, en cualquier contexto en el que desarrollen sus actividades.

Asimismo, delimitar el margen de sus responsabilidades y dar mayor claridad a las reglas para su práctica profesional, con el objetivo de evitar la sobreexplotación, los abusos de autoridad y los obstáculos para completar su proceso de titulación.

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