LaCronica
14:55  |  12 - 02 - 2014
Diputados aprueban modificaciones a Ley de Propiedad Industrial

La Cámara de Diputados aprobó con 408 votos el dictamen que modifica el artículo 191 de la Ley de la Propiedad Industrial, con el fin de evitar confusiones en las solicitudes de declaración administrativa.

 

El dictamen avalado por el pleno, elimina la contradicción que existe actualmente entre el primer párrafo y el segundo del artículo 191 de la Ley de la Propiedad Industrial, y el artículo 17-A de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, sobre los requisitos para presentar cualquier declaración administrativa.

 

En el documento, presentado en septiembre por los diputados de Movimiento Ciudadano, Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, se alerta sobre las consecuencias de que, para una misma situación, se dispongan normas diferentes.

 

Esto genera una contradicción jurídica perniciosa, que pone en entredicho la seguridad jurídica de los gobernados y lesiona sus garantías, se indica.

 

En el primer párrafo del artículo 191 de la Ley de la Propiedad Industrial vigente se establece que el solicitante de una declaración administrativa podrá presentar los documentos necesarios para acompañar su solicitud en un plazo de ocho días, mientras que en el segundo se señala que dicha petición será desechada por falta de documento que acredite la personalidad.

 

“(Esto), sin lugar a dudas, podría violentar las formalidades esenciales del procedimiento fijado en la propia ley”, señala el documento, por ello se reforma el texto del segundo párrafo artículo 191 de la Ley de la Propiedad Industrial.

 

Esto con el objetivo de evitar “interpretaciones equivocadas, incluso por quienes no están facultados para ello, y origen de litigios absurdos que en su mayoría no representan otra cosa más que un retraso en la solución de los asuntos”.

 

Con el cambio aprobado se establece en el segundo párrafo del artículo 191 que la solicitud de declaración administrativa “se desechará cuando el registro, patente, autorización o publicación que sea base de la acción, no se encuentre vigente”.

 

Con ello “se corrigen situaciones que en su momento no fueron debidamente precisados por el legislador y, que en la actualidad originan situaciones que interfieren en la correcta aplicación del mandato legal”.

 

Al fundamentar el dictamen, el diputado Víctor Manuel Jorrín Lozano, dijo que la declaración administrativa es la figura que regula la ley de Propiedad Industrial, en la cual el IMPI declara la nulidad, caducidad, cancelación e infracción administrativas de marcas, patentes, modelos, entre otras figuras que la ley regula.

 

El legislador hizo notar que la Comisión de Economía de San Lázaro consideró que este ordenamiento es contrario a la seguridad jurídica, establecida en la Constitución y en los convenios internacionales de protección de derechos humanos.

 

Con esto, subrayó, la reforma subsana una flagrante injusticia que implica este párrafo, y otorga mayor flexibilidad a los particulares que quieren defender ante la autoridad su propiedad industrial de derechos registrados. agb/m