Excelsior |
5:54 | 24 - 04 - 2017 |
Descontarán a diputados gasto sin comprobar; lineamientos, vigentes a partir de mayo |
Por primera vez, la Cámara de Diputados presionará a los legisladores federales para que comprueben los apoyos económicos que reciben. Si los 500 diputados no se atienen a los nuevos lineamientos, la institución podrá retenerles las siguientes ministraciones y, en su caso, descontarles de su dieta el dinero que no hayan justificado.
Los diputados que soliciten licencia al cargo por tiempo definido o indefinido también deberán estar al corriente en sus comprobaciones de gastos, pues la administración de la Cámara podría descontarles el dinero de su fondo de ahorro.
A partir del 1 de mayo, los legisladores deberán comprobar los recursos que se otorguen para asistencia legislativa, atención ciudadana y apoyo para transporte, lo que antes se manejaba con reglas laxas de justificación.
Adicional a los 73 mil 739 pesos netos mensuales de dieta, a los diputados se les depositan 45 mil 786 pesos por asistencia legislativa y 28 mil 772 pesos mensuales por atención ciudadana; además, el apoyo para transporte que reciben es de 14 mil 900 pesos cada uno, cifra calculada de los cuatro apoyos que reciben en el periodo ordinario y de los tres durante el periodo de receso.
Las nuevas reglas nacieron de la advertencia del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y a punto de que deban cumplir a cabalidad con las leyes de transparencia.
Excélsior tiene copia de los Lineamientos para regular la entrega, destino y comprobación de los apoyos económicos de los legisladores, los cuales fueron aceptados por los líderes parlamentarios en reunión de la Junta de Coordinación Política (Jucopo).
En este nuevo esquema se prevé una suerte de borrón y cuenta nueva, pues los diputados que así lo deseen deberán enviar a la Cámara un escrito “en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que los recursos recibidos hasta la entrada en vigor de los presentes lineamientos, por concepto de apoyos económicos, se aplicaron en los términos de la normatividad administrativa interna para los fines que fueron otorgados”.
Así, desde el lunes 1 de mayo, mensualmente los legisladores tendrán que hacer comprobaciones ante la Dirección General de Finanzas mediante la entrega de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) a nombre de la Cámara de Diputados.
“Cuando sea materialmente imposible obtener el CFDI a nombre de la Cámara, como es el caso del arrendamiento de inmuebles, contratación de servicios telefónicos y casos de naturaleza análoga, se podrá acreditar el CFDI a nombre del legislador siempre y cuando se especifique que el pago se hace por cuenta de la Cámara y los contratos respectivos estén a nombre del legislador”, acotan los nuevos Lineamientos.
También se podrán acreditar los gastos con estos comprobantes fiscales a nombre del propietario del inmueble arrendado y los servicios relacionados con el mismo, siempre que el diputado cuente con el contrato correspondiente y se establezca la obligación de realizar dichos pagos.
Las revisiones serán continuas
La comprobación mensual será independiente por cada uno de los apoyos que les otorgue la Cámara de Diputados a los 500 legisladores.
“Para el caso de que existan saldos pendientes de comprobar, se llevarán a cabo revisiones preventivas durante los meses de septiembre y noviembre, con el propósito de identificar posibles rezagos y, de existir, se suspenderá la siguiente ministración de manera proporcional al importe pendiente de comprobar”.
“El importe de los apoyos no comprobados ni reintegrados a la Cámara se descontará de la dieta y, en los casos de licencia, si no es suficiente para cubrir el adeudo con los conceptos anteriores, se descontará del fondo de ahorro de cada legislador, sin que implique responsabilidad alguna para servidores públicos de la Cámara de Diputados responsables de la aplicación del procedimiento”, explica el ordenamiento.
Toda la documentación comprobatoria deberá tener la firma del legislador, para que se le pueda dar trámite. También se podrá autorizar a una persona de confianza para realizarlo.
Será en diciembre de cada año y al término de cada Legislatura cuando se den los reembolsos correspondientes, siempre y cuando el legislador no presente adeudos.
Sólo 5% del importe del apoyo para transporte y atención ciudadana se podrá comprobar mediante recibo simple, si así lo requiere el legislador, que indique el concepto del gasto. ar/m |