26 de noviembre 2024
entrevistas
Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Noviembre 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1 2 3
4 5 6 7 8 9 10
11 12 13 14 15 16 17
18 19 20 21 22 23 24
25 26 27 28 29 30 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
Nota N°. 6350 Afirma Alonso Raya que fallo de la SCJN en torno a consulta popular sobre reforma energética deja abierta la posibilidad de que se lleve a cabo

Palacio Legislativo 28-03-2014 (Notilegis).- El vicecoordinador del PRD, Miguel Alonso Raya, afirmó que el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en torno a la consulta popular sobre la reforma energética deja abierta la posibilidad de que cumpliendo con los requisitos, se pueda realizar.

Mediante un comunicado, el diputado expresó que el fallo de la SCJN deja “más viva que nunca†la consulta popular que promueve el PRD.

“La Corte resolvió ayer que no se cumplieron los supuestos constitucionales para que se pudiera pronunciar sobre la petición, pero dejó abierta la opción de que una vez que se cubrieran los requisitos establecidos en el artículo 35 de la Constitución, el asunto pueda discutirse de nueva cuentaâ€, dijo Alonso Raya.

La SCJN resolvió ayer jueves respecto a la solicitud que presentaron tres senadores del PRD para que se pronunciara sobre la constitucionalidad de la reforma energética, como tema susceptible de ser sometido a consulta.

El legislador perredista apuntó que “la decisión de la Corte de desechar el recurso que interpusieron los senadores perredistas no tiene que ver con el fondo de lo que establece el 35 de la Constitución y la ley secundaria, ya que lo que se planteaba era que la Corte se pronunciara si era viable o no la consulta energéticaâ€.

Alonso Raya recordó que el inciso C de la fracción VIII del 35 constitucional establece que las consultas populares serán convocadas por el Congreso de la Unión a petición de los ciudadanos, en un número equivalente al menos al dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores, en los términos que determine la ley.

En tanto que el Instituto Nacional Electoral (que sustituirá al IFE), tendrá a su cargo en forma directa, la verificación del requisito establecido en el inciso C, en relación al porcentaje de la lista nominal.

“Al incumplimiento de estos supuestos constitucionales hizo referencia la resolución de la Corte que, una vez atendidos, el tema podrá ser presentado de nuevo para que SCJN se pronuncie ahora sí sobre la constitucionalidad de la materia de la consultaâ€, señaló.

Sostuvo que en los hechos la consulta está viva, “tan es así que se le está dando trámite, por parte del Senado, para que el INE verifique las firmas y una vez validadas se le presenten, junto con la pregunta, a la Corte para que analice la constitucionalidad de la materia de consulta y, derivado de eso, el Congreso pueda aceptar la convocatoria a la consulta y sea turnada como tal al instituto para su instrumentación en el 2015â€.

AMR/JGM

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2022 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 |
 
meses del 2022:
| Mayo | Marzo | Junio | Julio | Febrero | Enero | Abril |
 
Histórico hasta 2013
 
-->
difusión
comunicación