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Nota N°. 8712 Emiten comisiones y comités opinión positiva respecto de la minuta que expide la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

 

Palacio Legislativo, 23-10-2014 (Notilegis).- Las comisiones de Igualdad de Género y de Atención a Grupos Vulnerables emitieron opinión positiva de la minuta que expide la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en tanto el Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias consideró que respeta los principios constitucionales.

 

Por su parte, el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas informó sobre el impacto presupuestario de la minuta, el cual asciende a 291.3 millones de pesos.

 

La opinión de estas instancias se publicó el Gaceta Parlamentaria, junto con el orden del día de la sesión de este jueves, en la que se discute la minuta que se recibió del Senado el pasado 30 de septiembre y que tiene su origen en una iniciativa que el Ejecutivo federal presentó con carácter de preferente.

 

El dictamen, que expide la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, lo elaboró la Comisión de Derechos de la Niñez, con opinión de las comisiones de Igualdad de Género y de Atención a Grupos Vulnerables.

 

Comisión de Igualdad de Género

 

La Comisión de Igualdad de Género emitió opinión en sentido positivo, al considerar que la minuta “representa modificaciones sustanciales que logran darle operatividad a los mecanismos de atención, prevención y garantía de los derechos humanos de la niñez y la adolescenciaâ€.

 

En el documento, la Comisión señala que la expedición de la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes representa un cambio de paradigma orientado a reconocer a los menores como titulares de derechos y los concibe como personas autónomas, que deben recibir protección de la familia, sociedad y Estado.

 

“La aprobación de esta Ley General abona al cumplimiento de las recomendaciones relativas a la ratificación de diversos instrumentos internacionales, incluidos los Protocolos Facultativos del Pacto Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales y de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN)â€, dice.

 

La instancia legislativa también opina que resulta importante y fundamental la incorporación de los derechos sexuales y reproductivos dentro del texto de la minuta, mismos que ya han sido consagrados y reconocidos en la Constitución.

 

Sin embargo, la Comisión califica importante adicionar el principio de la igualdad de género dentro del artículo 6 de la Ley y establecer que los menores migrantes, debido a su situación de mayor vulnerabilidad, deben tener derecho a la protección y atención especial.

 

Comisión de Atención a Grupos Vulnerables

 

 

La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables también emitió opinión en sentido positivo, tomando en cuenta que la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes cubre la necesidad de consolidar un cambio de paradigma doctrina tutelar y asistencialista para con los menores, hacia una filosofía garantista.

 

Celebra que con la minuta se establezca que es deber de la familia, la comunidad, el Estado y, en general, de todos los integrantes de la sociedad, el respeto y el auxilio para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, así como garantizarles un nivel adecuado de vida.

 

Considera oportuno que la nueva legislación enuncie los derechos de los menores de manera no limitativa, en especial los derechos a la vida, a la supervivencia y al desarrollo, a la igualdad sustantiva, a la no discriminación, a una vida libre de violencia y a la integridad personal, a la protección de la salud, educación y libertad de expresión.

 

Destaca, asimismo, la incorporación de los derechos de niñas, niños y adolescentes con discapacidad en la legislación y la regulación del derecho a la intimidad de niñas, niños y adolescentes.

 

“De especial trascendencia resulta la regulación que se determina para que los medios de comunicación puedan difundir entrevistas de niños, niñas y adolescentes, con lo que se asegura la protección de sus derechosâ€, expone.

 

Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias

 

 

En la opinión técnica sobre la minuta, el Centro de Estudios afirma que ésta tiene congruencia con la Constitución, y toma en cuenta los artículos 1, 3, 4, 14, 16, sin oponerse en forma alguna a los principios constitucionales.

 

Agrega que la minuta toma en cuenta las Convenciones Internacionales que ha firmado y ratificado el país en materia de derechos de los niños; por lo que resulta acorde con el principio de aplicabilidad de los Convenios establecido en la Constitución.

 

Resalta que la nueva legislación otorga derechos a las niñas y niños para que, en su caso, puedan reclamar su violación, y no a la expectativa de la asistencia pública y crea diversas instancias y sistemas de protección de menores a nivel federal, estatal y municipal, en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo.

 

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

 

 

El Centro de Estudios de las Finanzas Públicas informa que el impacto presupuestario de la minuta que expide la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes asciende a 291.3 millones de pesos y que las modificaciones que propone a la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil no tienen impacto al presupuesto.

 

Detalla que la creación del Registro Nacional de Centros de Asistencia Social implica un impacto presupuestario de 49 millones de pesos; en tanto la instauración de la Procuraduría de Protección Federal requiere 135 millones de pesos y la de las procuradurías de Protección Estatales 65 millones de pesos.

 

De igual forma, la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral implica un impacto de 42.3 millones de pesos al presupuesto y la evaluación del cumplimiento de la Ley y del Programa Nacional, a cargo del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), no tendrá impacto alguno.

 

Finalmente, precisa que no se dispone de información suficiente para estimar el impacto presupuestario de las acciones que se implementarán para la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes y los recursos que se deberán destinar a los gobiernos locales para los Sistemas Estatales y Municipales de Protección.

 

OAA/JGM

 
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