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Nota N°. 8927 Reforman diputados Ley del ISSSTE para que servidores públicos cuenten con acceso a un segundo crédito hipotecario, una vez liquidado el primero de ellos

 

Palacio Legislativo, 06-11-2014 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) para que los servidores públicos cuenten con acceso a un segundo crédito hipotecario, una vez que liquidado el primero de ellos.

 

El dictamen reforma y adiciona los artículos 167 y 179 de esa ley y surge de una iniciativa presentada por la diputada María Sanjuana Cerda Franco (NA) el pasado primero de abril.

 

Fue aprobado en lo general por 33 votos a favor, 26 en contra y 12 abstenciones, se rechazaron reservas presentadas por las y los diputados Gloria Bautista Cuevas (PRD), Fernando Belaunzarán Méndez (PRD) y Luisa María Alcalde Luján (MC) y se avaló en lo general con 272 votos a favor, 97 en contra y cero abstenciones.

 

Con estas reformas se busca mejorar las condiciones para el otorgamiento de créditos hipotecarios con los que actualmente cuenta el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Fovissste) y fortalece su régimen de derecho.

 

El documento precisa que los servidores públicos, una vez que hayan liquidado un primer crédito hipotecario, tal y como lo estipula la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda de los Trabajadores (Infonavit), podrán tener acceso a un segundo beneficio de este tipo en todas las modalidades que establece la legislación vigente.

 

El artículo 167 señala que el Fondo de la Vivienda tiene por objeto establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores obtener crédito barato y suficiente, mediante préstamos con garantía hipotecaria en los casos que expresamente determine la Comisión Ejecutiva de esa instancia.

 

Con la reforma se destaca que estos préstamos se harán hasta por dos ocasiones, anteriormente se contemplaba sólo una, luego que el primer crédito se encuentre totalmente liquidado.

 

La adición al artículo 179 especifica que los trabajadores podrán recibir crédito del Fondo de la Vivienda hasta por dos ocasiones y que para el caso del otorgamiento del segundo crédito, deberán cubrir los mismos requisitos previstos por la ley para el otorgamiento del primero.

 

Entre los requisitos está contar con más de 18 meses de depósitos constituidos a su favor en las Subcuentas del Fondo de la Vivienda, además de que deberán demostrar que el primer crédito se encuentra totalmente liquidado y que fue pagado de manera regular.

 

En la exposición de motivos se menciona que pese a que en México se ha avanzado en la consolidación de diversos mecanismos y políticas encaminadas a garantizar la seguridad social de los mexicanos, existen diversos pendientes.

 

Explica que la situación actual se ha visto afectada por las transformaciones demográficas, urbanas, financieras, lo que ha obligado a las personas que ya ejercieron su derecho, y que pagaron el crédito correspondiente, ahora necesitan un crédito adicional para mejorar, ampliar, acondicionar o adquirir otra vivienda.

 

Considera que financieramente, el Fovissste cuenta con el soporte necesario para hacer frente con los recursos administrados, al otorgamiento de un segundo crédito hipotecario, a los trabajadores que así lo demanden y con ello mejorar su calidad de vida.

 

YRE/JGM

 
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