31 de octubre 2024
entrevistas
Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Octubre 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1 2 3 4 5 6
7 8 9 10 11 12 13
14 15 16 17 18 19 20
21 22 23 24 25 26 27
28 29 30 31 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
Nota N°. 9260 Aprueban diputados dictamen sobre Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional y lo turnan al Senado

 

Palacio Legislativo, 04-12-2014 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que expide la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional, con modificaciones a la iniciativa que el Ejecutivo envió a San Lázaro en octubre pasado.

 

Dicha legislación es reglamentaria de la reforma constitucional en materia de promoción de la competitividad y de desarrollo industrial, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en junio de 2013.

 

El dictamen fue aprobado en lo general con 371 votos a favor, 24 en contra y dos abstenciones, tras la aprobación de una adenda con modificaciones propuesta por las comisiones dictaminadoras, e inmediatamente después se comenzó con el desahogo de seis reservas presentadas por diputados del PRD y del PT.

 

Posteriormente, el documento fue avalado en lo general y en lo particular, en términos del dictamen, con 352 votos a favor, 32 en contra y una abstención, y turnado al Senado de la República para su discusión y eventual ratificación

 

La nueva ley busca implementar una política nacional de fomento económico, dirigida a impulsar el incremento sostenido de la productividad y la competitividad; potenciar la inversión y promover los cambios en la estructura productiva del país hacia sectores económicos de elevada productividad y competitividad.

 

Asimismo, fortalecer las cadenas productivas y a la Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPymes), fortalecer el mercado interno, elevar el contenido tecnológico y de valor agregado en la economía nacional, y promover el desarrollo económico y el empleo formal.

 

También tiene por objeto impulsar procedimientos e instancias de coordinación entre los sectores público, social y privado, a través del Comité Nacional de Productividad, para promover el incremento sostenido de la productividad y la competitividad.

 

La Ley contempla el diseño e implementación de una política nacional de fomento económico, la cual –especifica- es obligatoria para la Administración Pública Federal, e integra componentes trasversales, sectoriales y regionales.

 

De igual manera, aborda los mecanismos a través de los cuales se podrán recomendar acciones específicas a los sectores público, social y privado para mejorar la productividad y competitividad, así como sus herramientas de evaluación.

 

Señala la definición de ámbitos competenciales y relaciones de coordinación para las instancias administrativas y la vinculación de la política nacional de fomento económico, con instrumentos de política pública que permitirán la ejecución, así como mecanismos de información y rendición de cuentas.

 

La Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional, establece el Programa Especial para la Productividad y Competitividad, a través del cual se ejecutará la política nacional de fomento económico.

 

La elaboración de dicho programa estará a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), con la participación de la Secretaría de Economía (SE) y la opinión previa del Comité Nacional de Productividad.

 

Este comité funcionará como un órgano consultivo y auxiliar del Ejecutivo y de la planta productiva, para la formulación, implementación y seguimiento de la política nacional de fomento económico.

 

Estará integrado por el titular del Ejecutivo federal, como presidente honorario; el secretario de Hacienda y Crédito Público, quien presidirá el organismo; así como de los titulares de Economía, Educación Pública y Trabajo y Previsión Social.

 

Además, por el Director General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; representantes de organizaciones empresariales, de sindicatos de trabajadores y de instituciones académicas y de capacitación para el trabajo.

 

El dictamen aprobado también adiciona un artículo 21 Bis a la Ley de Planeación, para establecer que el Plan Nacional de Desarrollo considerará una visión de largo plazo de la política nacional de fomento económico.

 

Se tiene el objetivo de tomar en cuenta la promoción de la productividad y de la competitividad y la implementación de una política nacional de fomento económico, que incluya vertientes sectoriales y regionales, como forma de impulsar el desarrollo nacional y el crecimiento económico.

 

Dicha política nacional de fomento económico de largo plazo podrá ajustarse durante el proceso de emisión del Plan Nacional de Desarrollo para el período de gobierno correspondiente; manteniendo un horizonte de hasta veinte años para la política nacional de fomento económico.

 

Finalmente, indica que los programas derivados del Plan Nacional de Desarrollo deberán guardar congruencia, en lo que corresponda, con el horizonte de veinte años y la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y Competitividad.

 

OAA/JGM

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2022 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 |
 
meses del 2022:
| Mayo | Marzo | Junio | Julio | Febrero | Enero | Abril |
 
Histórico hasta 2013
 
-->
difusión
comunicación