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Nota N°. 10723 Reforman diputados el C贸digo Civil Federal, el C贸digo Penal Federal y la Ley General de Salud para que no se condicione la entrega del certificado de nacimiento

Palacio Legislativo, 28-04-2015 (Notilegis).- La C谩mara de Diputados aprob贸 un dictamen que reforma el C贸digo Civil Federal, el C贸digo Penal Federal y a la Ley General de Salud, a fin de establecer la obligatoriedad de expedir el certificado de nacimiento sin condici贸n alguna.

Se aplicar谩n sanciones administrativas por su incumplimiento, de acuerdo al documento que se turn贸 al Senado para su an谩lisis y eventual ratificaci贸n.

El documento surge de una iniciativa presentada el 14 de octubre de 2014 por el diputado David P茅rez Tejada Padilla (PVEM), modifica los art铆culos 55 del C贸digo Civil Federal, 230 del C贸digo Penal Federal y 389 Bis de la Ley General de Salud, y fue aprobada por unanimidad, con 373 votos a favor.

Se帽ala que en la Ley General de Salud 鈥渆xiste la obligaci贸n de expedir un certificado de nacimiento para cada nacido vivo, una vez comprobado el hecho, sin que su expedici贸n se encuentre condicionado a alguna circunstancia y, por ende, el incumplimiento de dicha obligaci贸n constituye una falta鈥.

Se plantea que 鈥渆l incumplimiento a las obligaciones anteriores se sujetar谩 a las sanciones administrativas establecidas en el art铆culo 417 de la Ley General de Salud鈥, se trate de hospitales p煤blicos y privados.

Se pone 茅nfasis en que no se puede negar la expedici贸n o entrega del certificado de nacimiento, o de cualquier otro documento, que permita el registro del menor ante la autoridad civil competente.

El art铆culo 389 Bis, de la Ley General de Salud, se detalla que el certificado de nacimiento ser谩 expedido por profesionales de la medicina o personas autorizadas para ello por la autoridad sanitaria competente.

Por ning煤n motivo, 茅stos podr谩n negar la expedici贸n o entrega del certificado de nacimiento o de cualquier otro documento que permita el registro del menor ante la autoridad civil competente.

MAV/JGM

 
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