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Nota N°. 1277 Aprueban diputados con cambios dictamen de la minuta que regresó el Senado, sobre la Ley de Transición Energética y la turnan de nuevo a la cámara alta

Palacio Legislativo, 09-12-2015 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó con cambios el dictamen de la minuta que regresó el Senado y que expide la Ley de Transición Energética, que deviene directamente de la reforma constitucional en materia energética, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2013.

El documento surge de una iniciativa que los diputados del PAN presentaron el 21 de octubre de 2014 y que el 15 de diciembre de ese año se avaló en el Pleno y turnó al Senado de la República, donde se aprobó con cambios el pasado 30 de noviembre y regresó a San Lázaro.

Los integrantes de la Comisión de Energía de la Cámara de Diputados determinaron modificar el segundo párrafo del artículo vigésimo segundo transitorio de la minuta del Senado, referente a los Certificados e Energías Limpias y la regresaron a la cámara alta.

El documento fue aprobado en un solo acto, en lo general y lo particular, por 387 votos a favor, 31 en contra y 10 abstenciones.

El principal objetivo de la Ley de Transición Energética es regular el aprovechamiento sustentable de la energía y con ello cumplir con el mandato constitucional de obligaciones de energía limpias y de reducción de emisiones contaminantes de la industria eléctrica.

Esto permitirá que México cumpla con las metas de mitigación de emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero, establecidas en la Ley General de Cambio Climático y con los compromisos internacionales que México ha hecho en la materia.

Se establece que los integrantes de la industria eléctrica en general, así como los usuarios calificados participantes del mercado eléctrico mayorista, sean de carácter público o particular, y los titulares de los Contratos de Interconexión Legados estarán obligados a contribuir al cumplimiento de las metas de energías limpias en los términos establecidos en la legislación aplicable.

Esta ley reforma conceptos sobre energías renovables y eficiencia energética de las dos leyes que sustituirá.

Se abrogan la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía y las demás disposiciones que se opongan al presente ordenamiento.

Con esta modificación se busca integrar en un solo texto legal los compromisos del Estado mexicano con las metas de energías limpias y los mecanismos para alcanzarlas.

El nuevo instrumento jurídico pretende que la utilización de fuentes renovables de energía complemente a la Ley de la Industria Eléctrica y al marco legal emanado de la reforma energética.

También que contribuya a satisfacer la demanda en el Sistema Eléctrico Nacional, reducir la dependencia de los combustibles fósiles y disminuir gradualmente las emisiones de gases de efecto invernadero.

El documento destaca que en 2014 se generaron 301 mil 462 Gigavatio-hora (GWh) de energía eléctrica, el 79.6 por ciento provino de combustibles fósiles, mientras que el 20.4 por ciento restante se produjo mediante el aprovechamiento de recursos naturales y otras fuentes no contaminantes.

Asimismo, que en México existe el potencial necesario para generar energía mediante fuentes limpias.

A lo largo del país se localizan zonas en las que el viento es constante para los proyectos eólicos; hay presencia de vapor y agua para campos geotérmicos; recursos hidráulicos diversos y superficies que pueden ser aprovechadas para generar energía a través de la luz solar.

En el texto se asegura que la Ley de Transición Energética establece las condiciones para generar nuevos mercados, más empleos y fortalecer las actividades del sector energético.

También que en el corto y mediano plazo la competencia que se genere en el sector propicie costos más bajos, mejores servicios y tarifas competitivas en beneficio de las familias mexicanas y de la industria en el país.

Este nuevo ordenamiento fortalece las atribuciones y otorga nuevas facultades a instituciones como la Secretaría de Energía; Comisión Reguladora de Energía (CRE); Centro Nacional de Control de la Energía (Cenace), y Coisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (Conuee).

También de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa).

Se estables aspectos relacionados con los Instrumentos de Planeación de la Transición Energética; del Programa de Redes Eléctricas Inteligentes; Del Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de Energía, y del Financiamiento y la Inversión para la Transición energética.

Asimismo, el Aprovechamiento Sustentable de la Energía; del Financiamiento para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía; de los Certificados de Energías Limpias; de la Investigación Científica, la Innovación y el Desarrollo Tecnológico, y del Desarrollo Industrial.

Del Consejo Consultivo para la Transición Energética y de la Transparencia, Rendición de Cuentas e Información;

JGM

 
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