Palacio Legislativo, 10-02-2015 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó un dictamen sobre la emisión y caracterÃsticas de una moneda conmemorativa del Centenario de la Fuerza Aérea Mexicana, con un valor nominal de 20 pesos, que reconoce el papel histórico y estratégico de esta institución en la vida nacional. El dictamen surge de una iniciativa presentada por la Comisión de Defensa Nacional, el 7 de enero de 2015, fue aprobado por 380 votos a favor, cero en contra y cinco abstenciones, y se turna al Senado para su análisis y eventual ratificación. El 5 de febrero de 1915, el entonces presidente Venustiano Carranza decretó el nacimiento oficial del Arma de Aviación Militar, con la creación de la Flotilla Aérea Constitucionalista, antecedente de la actual Fuerza Aérea Mexicana. Destaca que el 10 de febrero de 1944 se promulgó una reforma constitucional que otorgó al Arma de Aviación Militar el carácter de Fuerza Armada y cambió su nombre a Fuerza Aérea Mexicana. Durante la Segunda Guerra Mundial fue puesta a prueba con la participación heroica del Escuadrón de pelea 201 en Manila, Filipinas, y Formosa, Argentina. Asimismo, en el documento se resalta que en 1992 se instituyó el 10 de febrero de cada año como "DÃa de la Fuerza Aérea Mexicana", en conmemoración de la reforma constitucional que le dio la categorÃa de Fuerza Armada. La moneda, con un valor nominal de 20 pesos, será circular, con un diámetro de 32 milÃmetros, y su composición estará constituida por dos aleaciones, una para su parte central y otra para su anillo perimétrico. Se especifica que en el anverso se ubicará el Escudo Nacional, con la leyenda "ESTADOS UNIDOS MEXICANOS", formando el semicÃrculo superior. En el reverso, el diseño del motivo será e! que apruebe el Banco de México, a propuesta de la SecretarÃa de la Defensa Nacional, o el propio Banco. Deberá relacionarse con los 100 años de la Fuerza Aérea Mexicana (1915-2015) y el valor de su participación institucional en la vida nacional. En su artÃculo segundo transitorio, indica que a más tardar dentro de los 30 dÃas naturales posteriores a la publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación, la SecretarÃa de la Defensa Nacional enviará al Banco de México la propuesta del diseño y la moneda podrá acuñarse a los 90 dÃas naturales posteriores a dicha entrega YRE/JGM |