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Nota N°. 1727 Avalan diputados que construcción de instalaciones deportivas considere especificaciones técnicas y opiniones de las asociaciones correspondientes

 

Palacio Legislativo 03-02-2016 (Notilegis).- La Cámara de Diputados avaló una minuta que regresó el Senado para reformar la Ley General de Cultura Física y Deporte, a fin de que la construcción de instalaciones deportivas considere especificaciones técnicas y opiniones de asociaciones correspondientes.

 

El documento surge de una iniciativa que presentó el 30 de abril de 2014 el entonces diputado Fernando Alejandro Larrazábal Bretón (PAN), que se aprobó en el Pleno el 11 de noviembre de ese año y se turnó al Senado, donde sufrió cambios y fue devuelta a San Lázaro en el mes de abril del 2015.

 

Fue aprobado por unanimidad, con 413 votos a favor, y se regresa al Senado de la República.

 

La reforma al artículo 91 de esa ley establece que la planificación y construcción de instalaciones de cultura física y deporte, financiadas con recursos provenientes del erario público, deberán realizarse tomando en cuenta las especificaciones técnicas de los deportes y actividades que se proyecta desarrollar.

 

Asimismo, considerando la opinión de la asociación deportiva nacional que corresponda.

 

También debe tomar en cuenta los requerimientos de construcción, seguridad, criterios de calidad, sustentabilidad y pertinencia determinados en la norma oficial mexicana correspondiente, que para tal efecto expida la dependencia en la materia.

 

En el segundo artículo transitorio se precisa que “La Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte contará con 180 días naturales para emitir la norma oficial mexicana correspondiente”.

 

En estas normas se deberá considerar el uso normal de las instalaciones por parte de personas con alguna discapacidad física, garantizando en todo momento que se favorezca su utilización multifuncional.

 

Se tomarán en cuenta las diferentes disciplinas deportivas, la máxima disponibilidad de horario y los distintos niveles de práctica de los ciudadanos.

 

“Estas instalaciones deberán ser puestas a disposición de la comunidad para su uso público”, precisa el artículo modificado.

 

En el documento se señala que esta reforma responde a la evolución que el impulso a la cultura física y el deporte han tenido en el país, a raíz de la construcción de una política integral que en esta materia era necesario implementar, para facilitar el acceso a la población a la práctica de deporte.

 

JGM

 
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