22 de diciembre 2024
entrevistas
Ciudad de M茅xico, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de M茅xico, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de M茅xico, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Diciembre 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1
2 3 4 5 6 7 8
9 10 11 12 13 14 15
16 17 18 19 20 21 22
23 24 25 26 27 28 29
30 31 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
Nota N°. 1853 Piden diputados a la STC que cumpla con la creaci贸n de una agencia que emita las reglas de operaci贸n del Fondo Nacional de Seguridad para cruces viales ferroviarios

Palacio Legislativo 11-02-2016 (Notilegis).- La C谩mara de Diputados exhort贸 al Ejecutivo federal y a la Secretar铆a de Comunicaciones y Transportes (SCT) a que cumplan con la creaci贸n de una agencia que emita las reglas de operaci贸n del Fondo Nacional de Seguridad para cruces viales ferroviarios.

El Pleno aprob贸 un punto de acuerdo, como urgente y obvia resoluci贸n, presentado por el diputado Carlos Alberto de la Fuente Flores (PAN), en el que se pide cumplir los t茅rminos establecidos en los transitorios de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.

Durante la discusi贸n se aprob贸 una adici贸n que present贸 el diputado Daniel Torres Cant煤 (PRI) para que se pidiera a la SCT revisar y aplicar la Ley del Servicio Ferroviario, espec铆ficamente en la obligaci贸n que tiene la empresa Ferromex, para la conclusi贸n del libramiento ferroviario Monterrey.

En su exposici贸n de motivos, el legislador indic贸 que los transitorios establecen que el Ejecutivo federal debe crear una agencia que emita las reglas de operaci贸n del Fondo Nacional de Seguridad para cruces viales ferroviarios.

De acuerdo con la ley, el plazo para crear la agencia es de 180 d铆as naturales a partir de la entrada en vigor del decreto, que fue el 26 de enero de 2015.

鈥淟amentablemente vemos que 煤nicamente han sido palabras sin fundamento, ya que a la fecha y en relaci贸n a los tiempos considerados en los transitorios antes mencionados, vemos que ya se tardaron m谩s de los 180 d铆as estipulados鈥, extern贸 el legislador panista.

Asever贸 que como consecuencia de no contar con la agencia bien establecida ni el fondo, existe un gran desaprovechamiento de las v铆as, en donde se necesitan cubrir diversos aspectos de seguridad, los cuales se manejar铆an si el fondo estuviera asignado.

Puntualiz贸 que los transitorios tambi茅n se帽alan que el Ejecutivo federal debe emitir las modificaciones correspondientes al Reglamento del Servicio Ferroviario, en un plazo de 180 d铆as naturales.

Dijo que, de acuerdo con el sexto informe de labores del Ejecutivo federal, que abarca del 1 de septiembre de 2011 al 31 de agosto de 2012, se registraron 78 incidentes en las v铆as ferroviarias.

鈥淓s de gran importancia establecer medidas de seguridad y un buen funcionamiento en las v铆as f茅rreas, pues con la tendencia que sigue el pa铆s en temas de movilidad, urbanismo y ecolog铆a, en los siguientes a帽os ser谩 el tren de pasajeros un tema obligado a desarrollar鈥, expres贸.

El punto de acuerdo establece:

鈥溍歯ico: La C谩mara de Diputados del honorable Congreso de la Uni贸n exhorta al titular del Ejecutivo federal y a la Secretar铆a de Comunicaciones y Transportes, a fin de que se cumplan los t茅rminos establecidos en los transitorios de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario鈥.

La adici贸n se帽ala

Se exhorta a la Secretaria de Comunicaciones y Transportes a revisar y aplicar la Ley del Servicio Ferroviario, espec铆ficamente en la obligaci贸n que tiene la empresa Ferromex para la conclusi贸n del libramiento ferroviario Monterrey

HSF/JGM

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2022 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 |
 
meses del 2022:
| Mayo | Marzo | Junio | Julio | Febrero | Enero | Abril |
 
Histórico hasta 2013
 
-->
difusión
comunicación