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Nota N°. 2899 Aprueban diputados incluir al virus del Papiloma Humano en acciones de vigilancia epidemiol贸gica, prevenci贸n y control de enfermedades transmisibles

 

Palacio Legislativo, 26-03-2016 (Notilegis).- La C谩mara de Diputados aprob贸 el dictamen que modifica una minuta del Senado para incluir al virus del Papiloma Humano dentro de las acciones de vigilancia epidemiol贸gica, de prevenci贸n y control de enfermedades transmisibles.

 

El documento reforma la fracci贸n VIII del art铆culo 134 de la Ley General de Salud, surge de una iniciativa que senadoras del PRI y PVEM presentaron en noviembre de 2014, fue aprobado hoy en San L谩zaro por unanimidad, por 437 votos a favor, y se turna al Ejecutivo federal para su publicaci贸n en el Diario Oficial de la Federaci贸n.

 

Se plantea que la Secretar铆a de Salud y los gobiernos de los estados, en sus respectivos 谩mbitos de competencias, realizar谩n actividades de vigilancia epidemiol贸gica, de prevenci贸n y control de las siguientes enfermedades transmisibles:

 

S铆filis, infecciones gonoc贸cicas, virus del Papiloma Humano y otras enfermedades de transmisi贸n sexual (fracci贸n VIII del art铆culo 134 de la Ley General de Salud).

 

En las consideraciones del texto se refiere que la propuesta inicial del Senado planteaba adem谩s la modificaci贸n del art铆culo 144 de la Ley General de Salud, con objeto de que la vacunaci贸n del virus del Papiloma Humano sea obligatoria en el Cuadro B谩sico de Vacunaci贸n.

 

Los diputados integrantes de la Comisi贸n de Salud, estimaron 鈥渜ue la vacuna referida se encuentra contemplada dentro del Esquema Nacional de Vacunaci贸n Vigente, desde el a帽o 2012鈥, con car谩cter universal para las ni帽as que cursan el quinto grado de primaria, as铆 como para las no escolarizadas de 11 a帽os.

 

En el mismo texto se explica que el virus del Papiloma Humano es una infecci贸n de transmisi贸n sexual muy com煤n, incluso algunos tipos pueden convertirse en c谩ncer cervicouterino, de no ser tratados a tiempo.

 

El c谩ncer cervicouterino es el m谩s frecuente en mujeres de los pa铆ses en desarrollo y es causado por la infecci贸n persistente de ese virus, de los genotipos llamados de alto riesgo.

 

Los genotipos oncog茅nicos m谩s frecuentes son el 16 y el 18, que causan aproximadamente un 70 por ciento de los c谩nceres cervicouterinos.

 

Los tipos 6 y 11 no contribuyen a la incidencia de las displasias de alto grado (lesiones precancerosas), ni del c谩ncer c茅rvicouterino, pero causan papilomas lar铆ngeos y la mayor铆a de las verrugas genitales.

 

El c谩ncer cervicouterino es la segunda causa de muerte en mujeres mexicanas mayores de 25 a帽os, de acuerdo con cifras de la Secretar铆a de Salud.

 

Actualmente existen dos m茅todos para la prevenci贸n del virus del Papiloma Humano: el uso del cond贸n y la aplicaci贸n de la vacuna.

 

Dicha reforma tiene la finalidad de combatir la segunda causa de muerte en mujeres mayores de 25 a帽os de edad, contribuir a la reducci贸n de la mortalidad materna y hacer efectivo el derecho a la protecci贸n de la salud, de conformidad con lo establecido en la Constituci贸n pol铆tica mexicana.

 

LSN/JGM

 
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