22 de diciembre 2024
entrevistas
Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Diciembre 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1
2 3 4 5 6 7 8
9 10 11 12 13 14 15
16 17 18 19 20 21 22
23 24 25 26 27 28 29
30 31 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
Nota N°. 2945 Aprueban diputados impulsar acuerdos para incluir al medio ambiente global y coexistencia de todas las forma de vida en la Tierra como bien jurídico tutelado por el Derecho Internacional

Palacio Legislativo, 27-04-2016 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó un dictamen para impulsar acuerdos internacionales que favorezcan la inclusión del medio ambiente global y la coexistencia de todas las formas de vida en el planeta Tierra como un bien jurídico tutelado por el Derecho Internacional.

El documento modifica la fracción X del artículo 47 de la Ley General de Cambio Climático, surge de una iniciativa que el diputado Braulio Mario Guerra Urbiola (PRI) presentó el 17 de octubre de 2015, se aprobó por unanimidad, con 415 votos a favor, y se turna al Senado para su análisis.

El artículo 47 se refiere a las atribuciones que tiene la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático y en la fracción X se establece: Formular propuestas para determinar el posicionamiento nacional por adoptarse ante los foros y organismos internacionales sobre el cambio climático.

La reforma incorpora: “así como impulsar acuerdos internacionales que favorezcan la inclusión del medio ambiente global y la coexistencia de todas las formas de vida en el planeta Tierra como un bien jurídico tutelado por el Derecho Internacionalâ€.

El diputado pronente y la Comisión de Cambio Climático, que elaboró el dictamen, coinsideron en señalar que en la lucha contra el cambio climático se necesita una visión integral planetaria, que rebasa los límites del Estado-nación, de gobierno e incluso al propio ser humano.

“Esta concepción permitiría que en el caso de actos o acciones que atenten contra el medio ambiente o que se realizaran actos de gran magnitud que propicien las condiciones que desencadenan el cambio climático se pudieran sancionar a personas físicas o jurídicasâ€, sostiene la comisión.

Como ejemplo, precisa que, actualmente, si alguna persona contamina o daña el medio ambiente en aguas internacionales no es posible sancionarla hasta que este daño afecta al territorio de un Estado en particular.

Comentó que así sucedió en el caso del derrame petrolero den el 2010 en un pozo de aguas profundas de la empresa British Petroleum en el Golfo de México.

JGM

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2022 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 |
 
meses del 2022:
| Mayo | Marzo | Junio | Julio | Febrero | Enero | Abril |
 
Histórico hasta 2013
 
-->
difusión
comunicación