22 de diciembre 2024
entrevistas
Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Diciembre 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1
2 3 4 5 6 7 8
9 10 11 12 13 14 15
16 17 18 19 20 21 22
23 24 25 26 27 28 29
30 31 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
Nota N°. 2992 Reforma Cámara de Diputados Ley General de Salud, para impulsar servicios de salud encaminados a prevenir embarazos no planeados en adolescentes

Palacio Legislativo 28-04-2016 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que reforma el artículo 6 de la Ley General de Salud, para que el Sistema Nacional de Salud tenga entre sus objetivos “impulsar servicios de salud para prevenir los embarazos no planeados en adolescentes, así como el contagio de infecciones de transmisión sexual”.

El documento fue aprobado por el Pleno con 434 votos a favor y uno en contra, y enviado al Senado para su análisis y eventual ratificación.

Surgió de una iniciativa presentada el 15 de diciembre de 2015 por el diputado José Refugio Sandoval Rodríguez (PVEM), quien inicialmente proponía adicionar un artículo 70 Bis; sin embargo, la Comisión de Salud determinó que sólo se agregara una fracción XII al artículo 6 de la Ley General de Salud.

En sus consideraciones, Sandoval Rodríguez refirió que el 50 por ciento de las adolescentes de 12 a 19 años que inicia su vida sexual queda embarazada, de acuerdo con la Encuesta Nacional de la Dinámica Geográfica.

“Se tiene estimado que al día se registran seis mil 260 nacimientos a nivel nacional, de los cuales mil 252 corresponden a madres adolescentes, lo que representa que en uno de cada cinco alumbramientos está implicada una joven”, precisó.

Señaló que los estados con mayor prevalencia de embarazos de adolescentes son Chiapas, Nayarit, Michoacán, Veracruz, Chihuahua e Hidalgo.

El diputado subrayó que el embarazo en una mujer menor de 20 años es considerado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como de riesgo, en el que se afecta la salud de la madre y del embrión en desarrollo.

En uno de los artículos transitorios del dictamen se establece que las entidades federativas tendrán un plazo máximo de 60 días hábiles, a partir de la publicación del decreto, para legislar e implementar acciones preventivas en dichas materias.

HSF/JGM

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2022 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 |
 
meses del 2022:
| Mayo | Marzo | Junio | Julio | Febrero | Enero | Abril |
 
Histórico hasta 2013
 
-->
difusión
comunicación