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Nota N°. 3062 Regulación del consumo de marihuana con fines lúdicos requiere de una discusión amplia y profunda, no se puede legislar “al vapor†sobre el tema: Cortés Mendoza

Palacio Legislativo 04-05-2016 (Notilegis).- El coordinador de los diputados del PAN, Marko Cortés Mendoza, aseguró que la regulación del consumo de la marihuana con fines lúdicos requiere de una discusión amplia y profunda, porque no se puede legislar “al vapor†sobre el tema.

“Requerimos una discusión amplia y profunda de lo que significa el consumo de la marihuana, hasta qué gramaje puede ser legal, qué consecuencias a la salud pública puede traer, si esta droga puede llevar a buscar una distintaâ€, dijo.

El líder parlamentario abordó el tema en conferencia de prensa en el Senado de la República, junto a su homólogo de la cámara alta, Fernando Herrera Ãvila, en el marco de la sesión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.

Enfatizó que el consumo de marihuana es un tema de salud pública relevante que no puede ser legislado “al vaporâ€, ya que se trata de un asunto que queda para el futuro, por ello —comentó— se deben revisar las mejores prácticas internacionales.

Cuestionado sobre la posición de la Iglesia católica en México, la cual aprueba el uso medicinal del enervante, pero no el lúdico, Cortés Mendoza externó que es bienvenida cualquier opinión.

“Es bienvenida cualquier opinión, de cualquier iglesia, organización de la sociedad, porque de eso se trata, de abrir una discusión y de lograr lo mejor para México, porque es un tema de salud públicaâ€, concluyó.

El senador Herrera Ãvila manifestó que el tema de la regulación de la marihuana rompe paradigmas, por lo cual se debe analizar de manera muy cuidadosa, particularmente en lo referente al aumento del gramaje del enervante que una persona puede portar de manera legal para uso personal.

Refirió que si con el aumento del gramaje se busca liberar a personas que están presas por posesión de más de cinco gramos de marihuana, lo que podría hacerse es brindarles una amnistía, en lugar de dejar plasmado en la ley que una persona puede portar hasta 28 gramos.

HSF/JGM

 
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