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Nota N°. 3308 Dan publicidad a tres dict谩menes sobre minutas del Senado relacionadas con el sistema de justicia penal

 

Palacio Legislativo, 13-06-2016 (Notilegis).- La Mesa Directiva de la C谩mara de Diputados dio publicidad a tres dict谩menes de la Comisi贸n de Justicia sobre minutas del Senado relacionadas con el Sistema de Justicia Penal Acusatorio Adversarial, a fin de que se discutan posteriormente ante el Pleno.

 

Estos asuntos figuran en la agenda del periodo extraordinario de sesiones que inici贸 este lunes, ya que el nuevo sistema de justicia penal entrar谩 en vigor de manera integral el pr贸ximo 18 de junio.

 

Los dict谩menes se refieren a la expedici贸n de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes y la Ley Nacional de Ejecuci贸n Penal, as铆 como uno que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

 

脡ste 煤ltimo dictamen plantea incluir como delitos cometidos por la delincuencia organizada aquellos contra la salud en su modalidad de narcomenudeo; contrabando y su equiparable, y todos los contenidos en la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en materia de Hidrocarburos.

 

Establece que se sancionar谩 con las penas contenidas en el art铆culo 4 de esta Ley a quien, a sabiendas de la finalidad y actividad delictiva general de una organizaci贸n criminal, participe intencional y activamente en sus actividades il铆citas u otras de distinta naturaleza cuando conozca que con su participaci贸n contribuye al logro de la finalidad delictiva.

 

Si con posterioridad a la emisi贸n del auto de vinculaci贸n a proceso por delincuencia organizada el imputado evade la acci贸n de la justicia o es puesto a disposici贸n de otro juez que lo reclame en el extranjero, se suspender谩 el proceso junto con los plazos para la prescripci贸n de la acci贸n penal.

 

Los procedimientos que se sigan por delincuencia organizada se desahogar谩n de conformidad con lo previsto en el C贸digo Nacional de Procedimientos Penales en lo que no se oponga a lo previsto en esta Ley.

 

A los agentes de la fuerzas del orden p煤blico que participen en dichas investigaciones, con base en las circunstancias del caso, se les proporcionar谩 una nueva identidad, dot谩ndolos para tal efecto de la documentaci贸n correspondiente.

 

Ninguna persona podr谩 ser obligada a actuar en operaciones encubiertas.

 

Si el auto de vinculaci贸n a proceso no se dicta por el delito de delincuencia organizada, la reserva de identidad podr谩 subsistir a petici贸n de la Representaci贸n Social de la Federaci贸n.

 

Esto se llevar谩 a cabo con base en un an谩lisis de riesgo y amenaza que realice la autoridad judicial, en donde se establecer谩 la pertinencia o no de la protecci贸n y, en su caso, las medidas que se aplicar谩n al caso concreto para salvaguardar el derecho de defensa.

 

Respecto a la interposici贸n del recurso de apelaci贸n contra el auto de no vinculaci贸n a proceso, subsistir谩 la reserva de identidad hasta en tanto no haya sido resuelto en definitiva.

 

Toda actuaci贸n que implique desapego a las instrucciones o actividades legalmente autorizadas ser谩 sancionada en t茅rminos de la legislaci贸n civil, administrativa o penal, seg煤n corresponda.

 

A quien divulgue o revele informaci贸n relacionada con las t茅cnicas de investigaci贸n utilizadas en procedimientos seguidos contra la delincuencia organizada, a quien no tenga derecho a conocerla, se le impondr谩 prisi贸n de cuatro a ocho a帽os, y de dos mil a tres mil unidades de medida y actualizaci贸n.

 

Trat谩ndose de servidores p煤blicos, la punibilidad ser谩 de seis a 12 a帽os y de tres mil a cuatro mil quinientos unidades de medida y actualizaci贸n, as铆 como la destituci贸n e inhabilitaci贸n para desempe帽ar otro empleo, cargo o comisi贸n en el servicio p煤blico hasta por el mismo plazo de la pena de prisi贸n impuesta.

 

 

El dictamen por el que expide la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes establece:

 

Crear un ordenamiento jur铆dico que tiene por objeto aplicarse a quienes se atribuya la realizaci贸n de una conducta tipificada como delito por las leyes penales y tengan 12 a帽os cumplidos y menos de 18 a帽os de edad, que sean competencia de la federaci贸n o los estados.

 

Esto se llevar谩 a cabo en el marco de principios y derechos consagrados en la Constituci贸n Pol铆tica y Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.

 

En el dictamen que expide la Ley Nacional de Ejecuci贸n Penal se adicionan las fracciones XXXV, XXXVI y XXXVII y un quinto p谩rrafo, y se reforma el tercer p谩rrafo del art铆culo 225 del C贸digo Penal Federal.

 

Se crea un ordenamiento jur铆dico que tiene por objeto establecer las normas que deben de observarse durante el internamiento por prisi贸n preventiva, en la ejecuci贸n de penas y en las medidas de seguridad impuestas como consecuencia de una resoluci贸n judicial

 

Establece los procedimientos para resolver las controversias que surjan con motivo de la ejecuci贸n penal; y regula los medios para lograr la reinserci贸n social.

 

JGM

 
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