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Nota N°. 3323 Avala C谩mara de Diputados minuta del Senado que expide Ley Nacional de Ejecuci贸n Penal y modifica el art铆culo 225 del C贸digo Penal Federal

 

Palacio Legislativo, 14-06-2016 (Notilegis).- La C谩mara de Diputados aprob贸 en sus t茅rminos el dictamen de una minuta del Senado que expide la Ley Nacional de Ejecuci贸n Penal y modifica el art铆culo 225 del C贸digo Penal Federal y se turna al Ejecutivo para su promulgaci贸n.

 

El Pleno aval贸 en lo general por unanimidad, con 449 votos a favor, el documento relativo al nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio Adversarial y Oral, que entrar谩 en vigor de manera integral el pr贸ximo 18 de junio.

 

Durante su discusi贸n, el diputado Rafael Hern谩ndez Soriano (PRD) dijo desde su curul que present贸 18 reservas, pero las retiraba porque se acord贸 con el presidente de la Comisi贸n de Justicia, 脕lvaro Ibarra Hinojosa (PRI), establecer una mesa interinstitucional, con la participaci贸n de organizaciones de la sociedad civil, para revisar la aplicaci贸n de dos importantes instrumentos.

 

La diputada Mar铆a Elena Orantes L贸pez (MC) lo secund贸 y anunci贸 que retiraba tres reservas que hab铆a presentado, en espera que la mesa de trabajo que se integrar谩 logre los consensos necesarios.

 

Tras rechazarse de manera gradual las reservas presentadas a ocho art铆culos del documento, se aprob贸 en lo particular por 391 votos a favor, 56 en contra y una abstenci贸n.

 

Esta minuta la turn贸 el Senado a la C谩mara de Diputados el pasado 29 de abril, al t茅rmino del pasado periodo ordinario de sesiones; consta de 207 art铆culos divididos en seis t铆tulos y 12 preceptos transitorios.

 

La Ley Nacional de Ejecuci贸n Penal busca reestructurar la administraci贸n y operaci贸n del sistema penitenciario, con base en el respeto a los derechos humanos, el trabajo, la capacitaci贸n para el mismo, la educaci贸n, la salud y el deporte, para procurar la reinserci贸n social.

 

La legislaci贸n establece, en otros aspectos, que las personas privadas de su libertad en un centro penitenciario deben ser separadas de la siguiente manera:

 

1. Las mujeres compurgar谩n sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres.

 

2. Las personas procesas y sentenciadas ocupar谩n instalaciones distintas.

 

3. Las personas en reclusi贸n preventiva y en ejecuci贸n de sentencias por delincuencia organizada, o sujetas a medidas especiales de seguridad, se destinar谩n a centros especiales.

 

Respecto a las modificaciones del art铆culo 225 del C贸digo Penal Federal, qued贸 estipulado que son delitos contra la administraci贸n de la justicia, a quien en el ejercicio de funciones de supervisor de libertad cayeran en los siguientes casos:

 

1. Hiciere amenazas, hostigue o ejerza violencia contra la persona procesada o sentenciada, a su familia y posesiones.

 

2. Requiera favores, acciones o transferencia de bienes de la persona sentenciada, procesada o su familia.

 

3. Falsee informes o reportes al juez de ejecuci贸n.

 

En los art铆culos transitorios se establece que con la entrada en vigor de la legislaci贸n, podr谩n acceder al beneficio de libertad anticipada aquellos internos cuyo delito de robo no exceda 80 veces la Unidad de Medida uy Actualizaci贸n y no haya mediado violencia, as铆 como quienes cometieron el delito de posesi贸n de marihuana sin fines de comercio.

 

Tambi茅n se estipula que quedar谩n abrogadas la Ley que Establece las Normas M铆nimas sobre Readaptaci贸n Social de Sentenciados y las que regulan la ejecuci贸n de sanciones penales en las entidades federativas.

 

La expedici贸n de esta ley se relaciona con el nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio Adversarial y Oral que surgi贸 de la reforma constitucional de junio de 2008 en materia penal y que entrar谩 en vigor de manera integral el pr贸ximo 18 de junio.

 

HSF/JGM

 
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