Palacio Legislativo, 08-12-2016 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que reforma, adiciona y deroga disposiciones de diversas leyes sobre los titulares de los Órganos Internos de Control de los Órganos Constitucionales Autónomos. Se cambian las denominaciones de “ContralorÃa Interna†por la de “Órgano Interno de Control†y la de “Contralor Interno†por la de “Titular del Órgano Interno de Control†en los órganos constitucionales autónomos. También establece el procedimiento para su designación, remoción y rendición de cuentas. Señala que el Contralor General de la Comisión Federal de Competencia Económica deberá rendir un informe de actividades semestral y anual, ante la propia Comisión, con copia al Palacio Legislativo de San Lázaro. Adiciona causales por las que el Contralor podrá ser destituido; crea la ContralorÃa General, estableciendo sus atribuciones, y cambia la denominación de la “ContralorÃa Interna†por “ContralorÃa Generalâ€. Establece las bases para el nombramiento, remoción y rendición de cuentas del Contralor General y faculta al Congreso para designar a los contralores generales de los órganos que la Constitución PolÃtica reconoce su autonomÃa, estableciendo el procedimiento para dichos efectos. En el documento se recuerda que el 27 de mayo de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto de reformas constitucionales en materia de combate a la corrupción. En esas modificaciones se faculta a la Cámara de Diputados, para designar a los titulares de los órganos internos de control de los organismos con autonomÃa reconocida, que ejerzan recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación. A efecto de reglamentar y regular esa modificación constitucional, la diputada Ruth Noemi Tiscareño Agoitia (PRI) presentó, el 21 de abril de 2016 una iniciativa. El proyecto de reforma se aprobó en lo general por 316 votos a favor, tres en contra y 35 abstenciones y, tras rechazarse varias reservas, se avaló en lo general con 264 votos a favor y 74 en contra. Se turnó al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación. El presidente de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, Jorge Triana Tena (PAN), fundamentó el dictamen. Presentaron el posicionamiento de su grupo parlamentario los diputados José Alfredo Ferreiro Velazco (PES), Jesús Rafael Méndez Salas (NA),. Macedonio Salomón Tamez Guajardo (MC), Rogerio Castro Vázquez (Morena), Sharon MarÃa Teresa Cuenca Ayala (PVEM), Francisco MartÃnez Neri (PRD), Luis Gilberto Marrón AgustÃn (PAN) y Ruth Noemà Tiscareño Agoitia (PRI). Se manifestaron en contra del dictamen los diputados de Morena, Alicia Barrientos Pantoja, Guadalupe Hernández Correa y Blanca Margarita Cuata DomÃnguez. El dictamen reforma, adiciona y deroga disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica; de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y de la Ley del Sistema Nacional de Información EstadÃstica y GeografÃa. También de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, que elaboró el dictamen, señaló que los Órganos a los cuales la Constitución les otorga autonomÃa son: Banco de México; Comisión Federal de Competencia Económica, y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. También el Consejo Nacional de Evaluación de la PolÃtica de Desarrollo Social; FiscalÃa General de la República; Instituto Federal de Telecomunicaciones; Instituto Nacional de EstadÃstica y GeografÃa, y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de datos Personales. Asimismo, el Instituto Nacional Electoral; Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. La comisión precisa que el Congreso no está en posibilidad de establecer aún en las leyes reglamentarias lo relativo al nombramiento de los titulares de los siguientes Órganos Internos de Control, ya que no se han emitido, expedido o publicado las leyes que los regulan: Consejo Nacional de Evaluación de la PolÃtica de Desarrollo Social; FiscalÃa General de la República; Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, y Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Precisó que otro caso a analizar es el relativo al Banco de México, ya que no recibe recursos provenientes del Presupuesto de Egresos de la Federación, por lo que queda excluido de los Órganos Constitucionales Autónomos cuyos titulares de sus Órganos Internos de Control deben ser designados por la Cámara de Diputados. Por lo tanto, tampoco debe reformarse la Ley del Banco de México, para los efectos de las materias analizadas en este dictamen. En el documento se plantea unificar la denominación de los Órganos Internos de Control para ser denominados “ContralorÃa Generalâ€, y se establecen los requisitos para ser Contralor General, su ratificación y destitución, además de precisar la rendición de cuentas y control de las ContralorÃas Generales. JGM |