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Nota N°. 5326 Conocen diputados para trámite de publicidad dos dictámenes

Palacio Legislativo, 13-12-2016 (Notilegis).-

El Pleno cameral conoció para trámite de publicidad dos dictámenes. Uno establece los requisitos que deberán cubrir los consejeros independientes de Petróleos Mexicanos y la Comisión Federal de Electricidad para poder desempeñar el cargo.

El documento, que será discutido y votado en próxima sesión, modifica diversas disposiciones de la Ley de Petróleos Mexicanos y de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.

Indica que los consejeros de ambas empresas productivas del Estado, no podrán ocupar durante el tiempo de su gestión cargos en entes privados con los que tengan conflicto de interés, y estarán sujetos a la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

El segundo dictamen, modifica diversas disposiciones de las leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, de Navegación y Comercio Marítimos y la de Puertos, a fin de armonizar la legislación en materia marítima, en consideración a las modificaciones que la Organización Marítima Internacional ha llevado a cabo en los Convenios Internacionales para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS/74), y para Prevenir la Contaminación por los Buques (MARPOL73/78).

Se define a la autoridad marítima nacional, que ejercerá la administración marítima de México, a través de la Secretaría de Marina (Semar) para el ejercicio de la soberanía, protección y seguridad marítima, y el mantenimiento del Estado de derecho en las zonas marinas mexicanas, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias.

Delimita y redistribuye atribuciones que en materia marítima y portuaria poseen la Semar y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT); entre otras, transfiere las capitanías de puerto a la Semar y estipula reglas específicas para el buen funcionamiento portuario.

Reciben diputados tres minutas

En la sesión fueron turnadas a comisiones tres minutas. Una adiciona el artículo 106 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para incorporar al Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, incentivos fiscales que apoyen producción y comercialización de productos agropecuarios de pequeños productores del sector social, en especial los definidos en el artículo 179 de la misma Ley. Se mandó a la Comisión de Desarrollo Rural.

Otra, reforma los artículos 61 y 73 de la Ley de Vivienda, a fin de facultar a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) a que, en coordinación con la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), elaboren estimaciones anuales que determinen los recursos federales para cumplimentar la política de subsidios. Fue enviada a la Comisión de Vivienda.

La tercera minuta, reforma la fracción XXI del artículo 4 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, con la finalidad de cambiar el nombre del Instituto Nacional de Pesca (INAPESCA) por el de Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura. Se canalizó a la Comisión de Pesca.

RED/RZJ

 
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