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Nota N°. 5756 Aprueban diputados reforma para que MP ordene medidas de protección a víctimas cuando sean menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad

 

Palacio Legislativo, 02-02-2017 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que modifica el Código Nacional de Procedimientos Penales, para establecer que el Ministerio Público (MP) ordenará la aplicación de medidas de protección a las víctimas cuando sean menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad.

 

Lo ordenará de manera oficiosa o a petición de parte y la aplicación de las medidas de protección se otorgará de forma inmediata y por el tiempo que sea necesario, de acuerdo a los protocolos que para tal efecto se emitan.

 

El dictamen surge de una iniciativa que los diputados María Gloria Hernández Madrid y Jorge Carlos Ramírez Marín, del PRI, presentaron el 25 de octubre del 2016, fue aprobado por 392 votos a favor y una abstención, y se turna al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación.

 

Se modifica el primer párrafo del artículo 137 del Código Nacional de Procedimientos Penales, referente a las medidas de protección.

 

Con esta reforma se establece que el MP ordenará la aplicación de las medidas de protección idóneas cuando estime que el imputado representa un riesgo inminente en contra de la seguridad de la víctima u ofendido.

 

Asimismo, cuando la víctima sea niña, niño o adolescente, persona con discapacidad o adulto mayor, el MP otorgara la medida de protección de manera oficiosa, sin embargo, también podrá ser solicitada a petición de parte.

 

Subraya que “en ambos casos se otorgará de forma inmediata y por el tiempo que sea necesario de acuerdo a los protocolos que al efecto se emitan†y posteriormente establece cales son las medidas de protección.

 

En el documento se establece que en México existen 40 millones de niños, niñas y adolescentes y entre 55 por ciento y 62 por ciento de los adolescentes en secundaria señalan haber sufrido alguna forma de maltrato en algún momento de su vida.

 

En 13 millones de familias los niños crecen en un entorno de violencia y gritos por parte de sus padres.

 

De acuerdo al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), los principales responsables del maltrato suelen ser, en este orden: la madre, el padre, ambos padres, padrastro, madrastra, tíos y abuelos.

 

Debido a que la mayoría de los niños maltratados son devueltos a sus progenitores, muchos casos terminan con la muerte del menor por las lesiones infringidas.

 

La Secretaría de Educación Pública registró durante 2008 en promedio, un caso de abuso sexual por semana en los planteles educativos.

 

El Instituto Nacional de Pediatría, durante el período de 2007 a 2010, recibió y atendió cinco mil 553 casos por maltrato infantil; de ellos, 11 casos fueron turnados a la Fiscalía Central de Investigación para la Atención de Niños, Niñas y Adolescentes.

 

El Servicio Público de Localización Telefónica, entre 2007 a 2010 recibió un total de cuatro mil 106 menores reportados con maltrato infantil y en 79 por ciento de los casos la agresión proviene de la madre.

 

En 2009, la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia reportó que en la región centro del país hubo un total de 14 mil 937 denuncias por maltrato infantil, de las cuales el 52.2 por ciento se comprobó algún tipo de maltrato, pero sólo el 21.4 por ciento fueron presentados ante el MP.

 

En 2014, de acuerdo con el registro anual de las Procuradurías de la Defensa del Menor y la Familia de los sistemas estatales del DIF, se reportaron 39 mil 516 casos de abuso contra niños y niñas, 27 mil 675 de ellos se comprobaron.

 

Las cifras se traducen en que aumentó nueve mil 398 casos más que en 2013, lo que representa un aumento del 50 por ciento.

 

En 2014 el abuso físico tuvo 10 mil 538 casos; los abusos sexuales un mil 411 y la explotación comercial a nueve mil 116.

 

JGM

 
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