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Nota N°. 6228 Aprueba comisi贸n dictamen para establecer un circuito cerrado de televisi贸n en centros de cuidado y desarrollo infantil

Palacio Legislativo 09-03-2017 (Notilegis).- La Comisi贸n Derechos de la Ni帽ez, que preside el diputado Jes煤s Valencia Guzm谩n (PRD), aprob贸 un dictamen que adiciona el art铆culo 49 Bis de la Ley General de Prestaci贸n de Servicios para la Atenci贸n, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, a fin de que los inmuebles destinados a la atenci贸n, cuidado y desarrollo de infantes cuenten con un circuito cerrado de televisi贸n sin vulnerar los derechos de ni帽as y ni帽os.

El documento establece que los Centros de Atenci贸n, Cuidado y Desarrollo Infantil, podr谩n hacer uso de equipos o sistemas tecnol贸gicos para la captaci贸n o grabaci贸n de im谩genes o sonidos como una medida de seguridad adicional para prevenir cualquier riesgo o emergencia que se presente en las instalaciones, salvaguardando la integridad de los menores en t茅rminos de las disposiciones legales aplicables.

La Asamblea General de la Organizaci贸n de Naciones Unidas de 1989, establece que el maltrato infantil es toda forma de violencia, perjuicio o abuso f铆sico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotaci贸n, y que se da mientras el ni帽o se encuentra bajo custodia de sus padres, de un tutor o de cualquier otra persona que le tenga a su cargo, refiere el dictamen.

Se帽ala que en muchos de los casos en donde se han presentado denuncias por maltrato infantil, agresiones, lesiones, abusos o fallecimientos, en contra de los Centros de Atenci贸n, Cuidado y Desarrollo Infantil no se tiene certeza de lo que realmente sucede o sucedi贸 en dichos espacios.

El diputado Ces谩reo Jorge M谩rquez Alvarado (PVEM), proponente de la iniciativa, consider贸 de suma importancia que todos los Centros de Atenci贸n instalen equipos de circuito cerrado de televisi贸n para registrar las actividades en las principales 谩reas de atenci贸n, cuidado, convivencia y esparcimiento que se desarrollan dentro de los mismos, para que sirvan como elementos probatorios que permitan deslindar, en un momento dado, la responsabilidad a consecuencia de lo ah铆 sucedido.

El objeto de esta ley es la concurrencia entre los tres niveles de gobierno, as铆 como la participaci贸n de los sectores social y privado, garantizando el acceso de ni帽as y ni帽os a dichos servicios en condiciones de igualdad, calidez, seguridad y protecci贸n adecuada, que promuevan el ejercicio pleno de sus derechos, indic贸.

RED/NGM

 
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