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Nota N°. 8719 Reforman diputados ordenamientos jurídicos para eliminar referencias a la patente de corso, a los corsarios y al barco destinado o armado para la guerra de corso

 

Palacio Legislativo 12-12-2017 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que reforma cuatro ordenamientos jurídicos, para eliminar las referencias a la patente de corso, a los corsarios y al barco destinado o armado para la guerra de corso.

 

El documento reforma y deroga diversas disposiciones de los códigos de Justicia Militar, Militar de Procedimientos Penales y Penal Federal, así como de la Ley para Conservar la Neutralidad del País.

 

Surge de una iniciativa que el diputado Waldo Fernández González (PRD) presentó el pasado 25 de abril, fue avalado por unanimidad, con 369 votos a favor, y se turnó al Senado para su análisis y eventual ratificación.

 

El diputado refirió que el Tratado Internacional de París de 1856 dio por terminada la Guerra de Crimea y sentó las bases en materia de derecho internacional humanitario, eliminando, entre otras cuestiones, las patentes de corso.

 

Señaló que México se adhirió a ese convenio en 1909, con lo cual aceptó que las patentes de corso quedan perpetuamente abolidas. Sin embargo, en la década de los 30 del siglo pasado, cuando se expidieron los códigos Penal Federal (1931) y de Justicia Militar (1933) y la Ley para Conservar la Neutralidad del País (1939), se consideraron dichas figuras.

 

Las patentes de corso eran permisos que los monarcas y gobiernos soberanos emitían en tierras conquistadas, para que los propietarios de barcos mercantes pudieran armar sus navíos e ir a hacer la guerra en su nombre, dado que las naciones conquistadoras no contaban con recursos necesarios para armar una marina de guerra.

 

El dictamen reforma los artículos 211, 213 y 216 del Código de Justicia Militar, para suprimir las referencias a la patente de corso y al barco armado en corso, y deroga el precepto 212 que establece la pena para el comandante de barco armado en corso que actúe con la patente vencida.

 

Se suprime la fracción III del artículo 146 del Código Penal Federal que hace referencia a los corsarios y los criterios bajo los cuales se consideran piratas.

 

En la Ley para Conservar la Neutralidad del País se deroga el Artículo Segundo, que estipula que “no será admitido ni podrá permanecer en puertos, fondeaderos o aguas territoriales mexicanos, ningún barco destinado o armado para guerra de corso”.

 

La fracción IV del artículo 164 del Código Militar de Procedimientos Penales se modifica para armonizarlo con el Código de Justicia Militar en esta materia. HSF/JGM

 
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