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Nota N°. 9873 Establecen diputados de uno a ocho años de prisión y multa económica a quien realice actos con plaguicidas o nutrientes vegetales ilegales o falsificados

 

Palacio Legislativo, 24-04-2018 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que establece prisión de uno a ocho años de prisión y multa equivalente de 100 a dos mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) a quien realice actos con plaguicidas o nutrientes vegetales ilegales o falsificados.

 

Estas sanciones se aplicarían a quien “elabore, introduzca, transporte, distribuya, comercialice, almacene, posea, deseche, o, en general, realice actos con plaguicidas, nutrientes vegetales, substancias peligrosas o substancias tóxicas ilegales o falsificados, ya sea física o químicamente”.

 

La Comisión de Salud, que elaboró el documento, señaló que el uso de plaguicidas e insumos novedosos en el campo mexicano es cada vez más común y necesario para el desarrollo óptimo de la cadena productiva.

 

Sin embargo, aclaró que eso “no los exime de tener que cumplir a cabalidad con los lineamientos sanitarios, ambientales, ecológicos y normativos que todo producto de elaboración específica requiere”.

 

El documento surge de una iniciativa que la diputada Evelyng Soraya Flores Carranza (PVEM) presentó el 12 de octubre de 2017, adiciona un artículo 456 Bis a la Ley General de Salud, fue aprobado por unanimidad, con 359 votos a favor, y se turnó al Senado de la República para su Análisis.

 

La legisladora señaló que, a pesar de los rigurosos procesos de validación a los que son sometidos estos productos, “los agricultores se enfrentan al comercio ilegal, consistente en la venta y uso de productos falsificados, adulterados, sin registro, obsoletos y prohibidos”.

 

El artículo 456 figura en el Capítulo VI de la Ley General de Salud, que se refiere a los delitos.

 

El artículo 456 Bis, que se adiciona, establece: “Al que elabore, introduzca, transporte, distribuya, comercialice, almacene, posea, deseche, o, en general, realice actos con plaguicidas, nutrientes vegetales, substancias peligrosas o substancias tóxicas ilegales o falsificados, ya sea física o químicamente, se le impondrá pena de uno a ocho años de prisión y multa equivalente de 100 a dos mil Unidades de Medida y Actualización”.

 

JGM

 
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